CONTRERAS/TESORERÍA REGIONAL METROPOLITANA
Rol
Fecha
29 de febrero de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece Bernardo Rodrigo Meléndez Silva, abogado, en representación del ejecutado Marco Antonio Contreras Cornejo, en los autos administrativos Rol Nro. 10497-2013 Santiago, sustanciados ante el juez tesorero regional metropolitano y deduce recurso de hecho en contra de la resolución de 5 de enero de 2024, por medio de la cual el juez sustanciador Ricardo Puentes Labra, no concedió un recurso de apelación deducido por su parte, en circunstancias que lo estima procedente. Menciona como antecedentes de su recurso, que promovió un incidente de abandono de procedimiento el 28 de noviembre de 2023, atendida la inactividad del Servicio de Tesorería por más de tres años, sin embargo, este fue denegado el 5 de diciembre del mismo año. Indica que dedujo recurso de apelación subsidiaria, dentro de plazo, en contra de dicha resolución, sin embargo, el juez sustanciador no le dio lugar por improcedente. Argumenta que la resolución objeto del recurso de hecho, le son aplicables las normas del Código de Procedimiento Civil, entre ellas las de abandono de procedimiento y las de recursos procesales en caso de negarse lugar al incidente, resolución que tiene la naturaleza de una sentencia interlocutoria. Adiciona, que los actos que efectúa el juez sustanciador son de carácter judicial y no administrativo, resultando aplicable en la especie el principio constitucional del debido proceso. En consecuencia, solicita se declare admisible el recurso de apelación deducido por su parte. Segundo: Que, al informar Ricardo Iván Puentes Labra, tesorero regional metropolitano y juez sustanciador, relata que el ejecutado interpuso recurso de apelación el 21 de diciembre de 2023 en contra de la resolución que rechazó el abandono de procedimiento de 5 del mismo mes y año. Luego, que el 5 de enero se procedió a resolver no admitir a tramitación el recurso de apelación por improcedente. Agrega que conforme al título V del Libro III del Código Tributario,
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales citadas y en los artículos 203 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se acoge el recurso de hecho deducido en representación del ejecutado Marco Antonio Contreras Cornejo, en los autos administrativos Rol Nro. 10497-2013 Santiago, sustanciados ante el juez tesorero regional metropolitano, en contra de la resolución de cinco de enero de dos mil veinticuatro y, en consecuencia, se concede en el solo efecto devolutivo el recurso de apelación interpuesto el veintiuno de diciembre pasado, en contra de la resolución de cinco de diciembre del mismo año, sin costas. Comuníquese lo resuelto al tribunal a quo para los fines pertinentes. Regístrese y archívese, en su oportunidad. N°Tributario Y Aduanero-41-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintinueve de febrero de dos mil veinticuatro. Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece Bernardo Rodrigo Meléndez Silva, abogado, en representación del ejecutado Marco Antonio Contreras Cornejo, en los autos administrativos Rol Nro. 10497-2013 Santiago, sustanciados ante el juez tesorero regional metropolitano y deduce recurso de hecho en contra de la resoluci
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