SIN INFORMACION

GUYTO ST HUBERT/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACION

Rol

Fecha

29 de febrero de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que don Tomás Guillermo Matheson Mujica, abogado, interpone acción constitucional de amparo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 inciso final de la Constitución Política de la República, en favor Guyto St Hubert, ciudadano haitiano, domiciliado en calle Los Robles N°635, comuna de El Bosque, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por Luis Thayer Correa, domiciliados en San Antonio N°580, Santiago, por el acto ilegal y arbitrario consistente en omitir poner a su disposición la posibilidad de solicitar el certificado de ampliación de residencia definitiva en trámite, perturbando y amenazando el legítimo ejercicio de su libertad ambulatoria asegurada en el numeral 7° del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Expresa que el recurrente solicitó la residencia definitiva el 6 de junio de 2022, que han transcurrido más de un año de tramitación de su solicitud, y que, a pesar de haber solicitado la ampliación de su solicitud de residencia definitiva no ha sido posible obtener dicho documento, ya que el mismo no se encuentra disponible en el sitio web del servicio recurrido. Indica que no habiendo sido notificado de resolución de término de su solicitud, entiende que la misma se mantiene en tramitación, pero que la falta de un documento que acredite tal circunstancia le impide salir y retornar del país, al ser un documento exigido para tales efectos por el artículo 38 de la Ley N°21.325. Solicita acoger el recurso y ordenar el servicio recurrido posibilitar la obtención del certificado de ampliación de solicitud de residencia definitiva en trámite dentro del más breve plazo posible. Segundo: Que la Prefectura de Migraciones y Policía Internacional Metropolitana de la Policía de Investigaciones de Chile, refiere que revisado el Sistema de Gestión Policial (GEPOL) el recurrente registra como último movimiento migratorio un ingreso al territorio nacional el 17 de octubre de 2017, prove

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto, además, en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de amparo interpuesto en favor de Guyto St Hubert, por haber perdido oportunidad y eficacia. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°129-2024 Amparo 1 1 2

Texto Completo (Preview)

San Miguel, veintinueve de febrero de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que don Tomás Guillermo Matheson Mujica, abogado, interpone acción constitucional de amparo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 inciso final de la Constitución Política de la República, en favor Guyto St Hubert, ciudadano haitiano, domiciliado en calle Los Robles N°635, comuna de El Bosq

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