ITAU CORPBANCA/INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN R&H LIMITADA
Rol
Fecha
11 de marzo de 2024
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que conforme a lo dispuesto en el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba, son inapelables, siendo ésta una norma de carácter especial que prima por sobre la disposición del artículo 319 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual se declara inadmisible el recurso de apelación deducido por el demandado don Rodrigo Rojas Cossio, con fecha quince de diciembre de dos mil veintitrés (folio N°6 –cuaderno de incidente de nulidad), en contra de la resolución de fecha doce de diciembre del mismo año. Comuníquese. N°Civil-2317-2024.
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación deducido por el demandado don Rodrigo Rojas Cossio, con fecha quince de diciembre de dos mil veintitrés (folio N°6 –cuaderno de incidente de nulidad), en contra de la resolución de fecha doce de diciembre del mismo año. Comuníquese. N°Civil-2317-2024.
Texto Completo (Preview)
rbm C.A. de Santiago (Sala Tramitadora). Santiago, once de marzo de dos mil veinticuatro. Al folio N°4: Estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: Que conforme a lo dispuesto en el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba, son inapelables, siendo ésta una norma de carácter especial que prima por
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