CATALÁN/CISTERNA
Rol
Fecha
28 de febrero de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA-RECHAZADA/OFICIO MP
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: Primero: Que el abogado Omer Hidalgo Carreño, domiciliado para estos efectos en calle Prat N° 99 de la comuna y provincia de Curicó, en su calidad de mandatario judicial de Matías Hernán Catalán Arenas, de su mismo domicilio, interpone recurso de protección en contra de Vania Antonia Bustamante Sandoval, ignora profesión u oficio, domiciliada en Ventana del Bajo Comuna de Teno S/N, en contra de Alexandra Belén Marileo Cornejo, ignora profesión u oficio, domiciliada en Calle 1 casa 1879 Valles de Casa Blanca, comuna de Molina y en contra de Nataly Alejandra Cisterna Correa, ignora profesión u oficio, domiciliada en Boldo 7 Pedro Aguirre Cerda casa N° 9, de la comuna de Curicó, por los actos ilegales que describe. Al efecto y en lo pertinente, manifiesta que el 01 de septiembre del año 2023, su representado tomó conocimiento de la primera “FUNA” por parte de las recurridas, quienes han procedido a denostar la imagen pública del recurrente, imputándole delitos y conductas moralmente reprochables, que le han causado grave perjuicio y menoscabo a su vida y a la de su familia. Dicha publicación fue realizada por Vania Antonia Bustamante Sandoval a través de su cuenta de Instagram disturbiadj. El origen de las falsas acusaciones contra su representado se debe, a que su representado, conoció a la recurrida Bustamante Sandoval en mayo del año 2022, por unos amigos en común y, desde ese momento comienzan a relacionarse habitualmente, siempre fue una relación amistosa. Vania Bustamante Sandoval, trabajaba en un local donde habitualmente su representado se reunía con sus amigos a pasar un tiempo de esparcimiento, y ella se reunía con ellos y nace esta relación de amistad. La relación siguió avanzando hasta que, un día, mantuvieron intimidad bajo el consentimiento de ambos. Después de aquello, siguió la misma rutina, pero mantenían una mayor comunicación y la recurrida Bustamante Sandoval, invitaba a su representado a su casa, lo cual nunca se concretó. Refiere que la recurrida pernoctó en la casa de su representado, pero esa noche no tuvieron relaciones y cuando despierta a la mañana siguiente, la recurrida señala un supuesto abuso, de lo cual su representado le ofrece a ir a constatar lesiones y a presentar la denuncia, a lo cual la recurrida le expresa que no es necesario, que ella no haría nada y esa fue la última vez que se relacionaron. Destaca que nunca hubo una relación de pareja solo de amigos. Posteriormente se relacionan amistosamente, lo que se mantuvo hasta el 1 de septiembre del 2023, donde en la discoteca “LA FACU” de Curicó, su representado coincide con la recurrida, pero no existió contacto de ninguna índole, salvo el visual. El domingo 03 de septiembre se percata su representado que la recurrida había hecho la funa, en la red social Instagram, Es del caso que las recurridas Alexandra Marileo Cornejo, a través de su cuenta de Instagram al_cornejoo y Nataly Alejandra Cisterna Correa, a través de su cuenta de Instagram naaatal
Fallo
Fallo del recurso de que se trata, SE ACOGE el recurso de protección interpuesto por el abogado Omer Hidalgo Carreño, en representación de Matías Hernán Catalán Arenas, en contra de Vania Antonia Bustamante Sandoval, Pavéz, sólo en cuanto se ordena a ésta última, abstenerse de incorporar nuevas publicaciones y registros gráficos del recurrente por cualquiera red social a la cual el recurrido tenga acceso. Que SE RECHAZA, en lo demás, el precitado recurso de protección, deducido en contra de Alexandra Belén Marileo Cornejo y Nataly Alejandra Cisterna Correa. No se condena en costas a la recurrida Bustamante Sandoval, por no haber desvirtuado los hechos que se le atribuyen. Pónganse en conocimiento del Ministerio Público los hechos que se describen en la presente acción de protección, oficiándose al efecto. Regístrese y archívese, en su oportunidad. Rol N° 1.855-2023.- Protección.- Redacción del Ministro don Moisés Muñoz Concha.-
Texto Completo (Preview)
Talca, veintiocho de febrero de dos mil veinticuatro.- VISTO Y CONSIDERANDO: Primero: Que el abogado Omer Hidalgo Carreño, domiciliado para estos efectos en calle Prat N° 99 de la comuna y provincia de Curicó, en su calidad de mandatario judicial de Matías Hernán Catalán Arenas, de su mismo domicilio, interpone recurso de protección en contra de Vania Antonia Bustamante Sandoval, ignora profesión
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