OSSES/CASA DE REPOSO PADRE PÍO LIMITADA
Rol
Fecha
28 de febrero de 2024
Materia
RECARGOS
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: Por sentencia de ocho de marzo de dos mil veintitrés, dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT M-420-2023, se resolvió acoger la demanda interpuesta por doña Rosa María Osses Vilchez, en contra de su ex empleadora Casa de Reposo Padre Pío Limitada, en cuanto se declara injustificado el despido verbal de que fue objeto la demandante con fecha 31 de octubre de 2022, condenándose en consecuencia a la demandada a pagar las indemnizaciones y prestaciones que individualiza, con los intereses y reajustes contemplados en los artículos 63 y 173, ambas disposiciones del Código del Trabajo. Todo, con costas, por haber resultado la demandada totalmente vencida y, estimando, además, que no tuvo
Fundamentos
motivos plausibles para recurrir respecto de la primera resolución del Tribunal, en que se adopta la misma decisión, las que se regulan en la suma de $1.000.000. Contra ese
Fallo
se declara injustificado el despido verbal de que fue objeto la demandante con fecha 31 de octubre de 2022, condenándose en consecuencia a la demandada a pagar las indemnizaciones y prestaciones que individualiza, con los intereses y reajustes contemplados en los artículos 63 y 173, ambas disposiciones del Código del Trabajo. Todo, con costas, por haber resultado la demandada totalmente vencida y, estimando, además, que no tuvo motivos plausibles para recurrir respecto de la primera resolución del Tribunal, en que se adopta la misma decisión, las que se regulan en la suma de $1.000.000. Contra ese fallo la parte demandada interpone recurso de nulidad, invocando como causal la contenida en el artículo 477 del Código del Trabajo, por infracción de garantías, respecto del artículo 19 Nº3 inciso sexto de la Constitución Política de la República. Asimismo, alude a infracción de ley, por omisión de los requisitos establecidos en el artículo 459 numeral cuarto del Código citado que rige la materia, haciendo referencia en el mismo apartado, a la causal contenida en el artículo 478 letra e) del mismo cuerpo normativo. De manera subsidiaria esgrime la causal del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, esto es, por haberse dictado con infracción manifiesta de las normas sobre la apreciación de la prueba conforme a la sana crítica. Declarado admisible el recurso se procedió a su vista. Considerando: Primero: Que en primer término sostiene su recurso en la causal del artículo 47
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Santiago, veintiocho de febrero de dos mil veinticuatro. - Vistos: Por sentencia de ocho de marzo de dos mil veintitrés, dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT M-420-2023, se resolvió acoger la demanda interpuesta por doña Rosa María Osses Vilchez, en contra de su ex empleadora Casa de Reposo Padre Pío Limitada, en cuanto se declara injustificado el desp
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