JUZGADO DE GARANTIA DE TALAGANTE

M.P C/ IGNACIO ANDRES GUERRA RIQUELME (PRESO)

Rol

Fecha

28 de febrero de 2024

Materia

TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos y oídos los intervinientes: Atendido el mérito de los antecedentes, estimando esta Corte que se encuentra justificada la actuación policial, en el contexto de lo dispuesto por el artículo 85 del Código Procesal Penal, dado que existieron otros elementos fácticos relevantes distintos a las capturas de pantallas puestas en cuestión por la resolución recurrida, que igualmente sirvieron de indicios suficientes para los funcionarios aprehensores, quienes actuaron conforme al mérito del desarrollo de los hechos al momento de la fiscalización, ha de estimarse entonces que éstos actuaron dentro de la hipótesis del artículo 130 letra a) del código del ramo y, por tanto, que ha sido legal la detención. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 352 y 370 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada de ocho de febrero del presente año dictada por el Juzgado de Garantía de Talagante, y en su lugar, se declara legal la detención del imputado Ignacio Andrés Guerra Riquelme. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. Nº 457-2024-PENAL

Fallo

por tanto, que ha sido legal la detención. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 352 y 370 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada de ocho de febrero del presente año dictada por el Juzgado de Garantía de Talagante, y en su lugar, se declara legal la detención del imputado Ignacio Andrés Guerra Riquelme. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. Nº 457-2024-PENAL

Texto Completo (Preview)

San Miguel, veintiocho de febrero de dos mil veinticuatro. Sala: Primera Rol Corte: 457-2024-PENAL Ruc: 2301366162-6 Rit: 518-2024 JUZGADO DE GARANTIA DE TALAGANTE Ministro de fe: Gonzalo Neira Campos Ministerio Público: Pamela Ballesteros Ramírez Defensor: Felipe Silva Perez Imputado: IGNACIO ANDRES GUERRA RIQUELME Tipo de Recurso: Apelación Escritos proveídos en audiencia: folios 5 y 6 San Migu

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