SIN INFORMACION

JORGE MORIS MONSALVE/ CENTRO DETENCIÓN DE QUILLOTA

Rol

Fecha

28 de febrero de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: A folio 1, comparece Carla Andrea Meza Meza, en favor de Jorge Armando Moris Monsalve, en contra del Centro de Detención Preventiva de Quillota, solicitando que su pareja sea trasladada a Casablanca por medidas de seguridad; expone que él estaba detenido en San Felipe, pero por haberle pegado a otro interno por defender a su pareja fue trasladado a Quillota. Afirma que quiere que Jorge Moris sea removido de Quillota ya que en el módulo en que se encuentra corre peligro su vida. A folio 4, informa el Alcaide del Centro de Detención Preventiva de Quillota, señalando que en la actualidad el penado se encuentra habitando el Pabellón N° 5 de Condenados, donde no se ha se ha recepcionado ningún tipo de denuncia de amenazas, malos tratos u otros motivos, en cuanto al traslado de unidad, el mismo, no ha presentado ningún tipo de escrito voluntario que solicite su derivación a otro penal, por otra parte, es la DIRREG. Valparaíso la responsable de autorizar o no, todo movimiento de internos a las diferentes Unidades de la Región; agrega que lo informado será señalado por este documento a la DIRREG., a fin de que pudiera emitir algún pronunciamiento al respecto. A folio 7, informa el Director Regional (S) de Gendarmería de Chile Región de Valparaíso, e indica en lo pertinente, que mediante Oficio Ordinario N° 552 de fecha 21 de febrero de 2024, el Alcaide del C.D.P. de Quillota, informa la situación del amparado Moris Monsalve, quien fue trasladado desde el C.D.P. de San Felipe, por orden de ese Mando Regional, que a esa fecha se encuentra recluido en el pabellón N° 5 de condenados, donde no se ha recibido ninguna denuncia por amenazas, ni tampoco alguna solicitud de traslado de Unidad Penal. Agrega, que sin perjuicio de lo anterior, mediante Oficio Ordinario N° 41 de fecha 08 de enero de 2024, el Jefe del C.C.P. de San Felipe, solicitó el traslado de Jorge Morris tras haber agredido al interno Fernández Estay, del cual fue trasladado al hospital San Camilo de San Fe

Fundamentos

CONSIDERANDO: Primero: Que el presente recurso se ha interpuesto motivado por el traslado del interno Jorge Armando Moris Monsalve, desde el Centro de Detención Preventiva de Quillota al Centro de Detención Preventiva de Casablanca. Segundo: Que informando el Director Regional de Gendarmería de Chile Región Valparaíso, señala que ese Mando Regional, se pronunció respecto al traslado del interno hasta el C.D.P. de Casablanca, informando en lo pertinente, la imposibilidad de trasladar al amparado Moris Monsalve, desde el C.D.P. de Quillota hasta Casablanca, debido a que es un interno refractario al régimen interno de mediano compromiso delictual, con 10 faltas al régimen interno. Tercero: Que según lo dispuesto por el artículo 28 del Reglamento de Establecimientos Penitenciarios, “Por Resolución fundada del Director Nacional, quien podrá delegar esta facultad en los Directores Regionales, serán ingresados o trasladados a departamentos, módulos, pabellones o establecimientos especiales, los penados cuya situación haga necesaria la adopción de medidas dirigidas a garantizar la vida e integridad física o psíquica de las personas y el orden y seguridad del recinto. Estas medidas podrán adoptarse en razón de la reincidencia, tipo de delito, de reiteradas infracciones al régimen normal de los establecimientos penitenciarios, de requerimientos sanitarios, y de otros antecedentes de carácter técnico que las hagan necesarias […] La Resolución que ordene alguna de estas medidas, deberá estar precedida de un informe técnico que las recomiende”. Por su parte, conforme lo dispone el artículo 6 Nº 12 del D.L. Nº 2.859 Ley Orgánica de Gendarmería de Chile, es facultad del Director Nacional determinar los establecimientos en que los condenados cumplirán sus penas y disponer los traslados de ellos de acuerdo a la reglamentación vigente. Cuarto: Que, conforme a la normativa anotada precedentemente, la actuación del Director Regional de Gendarmería de Chile Región Valparaíso no puede ser calificada de arbitraria o ilegal, por cuanto la clasificación de los internos, la decisión del módulo en que deben permanecer y su traslado a otras unidades penales, corresponden a decisiones a administrativas de la recurrida, a consecuencia de lo cual, la acción interpuesta, no podrá prosperar.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza, sin costas, la acción constitucional de amparo deducida en favor del interno Jorge Armando Moris Monsalve, en contra del Centro de Detención Preventiva de Quillota. Se previene que el Fiscal Judicial (S) Sr. Espinoza, estuvo por rechazar el presente amparo, sin perjuicio de ordenar a Gendarmería que esta presentación se tenga formalmente como una petición de traslado de don Jorge Armando Moris Monsalve, a fin que le dé la tramitación correspondiente, Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N° Amparo-237-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintiocho de febrero de dos mil veinticuatro. Visto: A folio 1, comparece Carla Andrea Meza Meza, en favor de Jorge Armando Moris Monsalve, en contra del Centro de Detención Preventiva de Quillota, solicitando que su pareja sea trasladada a Casablanca por medidas de seguridad; expone que él estaba detenido en San Felipe, pero por haberle pegado a otro interno por de

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