JUZGADO DE GARANTIA DE QUILLOTA

MINISTERIO PUBLICO FISCALIA LOCAL C/ CRISTOPHERT SEBASTIAN REYES VIVANCO

Rol

Fecha

28 de febrero de 2024

Materia

PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE. ART. 288 BIS

Resultado

REVOCADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y oídos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en estrados, y teniendo presente que el médico asesor de la Policía de Investigaciones, Roberto Ortiz Martínez, fue mencionado en el parte policial que consta en la carpeta investigativa, y que en el caso de Paola Alejandra Barraza Robles e Iván Alejandro Ibacache Ilabaca, tienen la calidad de víctimas, conforme a lo dispuesto en el artículo 108 del Código Procesal Penal, y, por consiguiente el derecho a ser oídos en juicio, conforme lo prescrito en el penúltimo inciso del artículo 109 del mismo cuerpo legal, y lo establecido en el artículo 277 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución de quince de febrero de dos mil veinticuatro, dictada por el Juzgado de Garantía de Quillota, que excluyó a los testigos en el auto de apertura de juicio oral, Roberto Ortíz Martínez, Paola Alejandra Barraza Robles e Iván Alejandro Ibacache Ilabaca; y, en su lugar, se mantienen en dicha resolución. Devuélvase y comuníquese por la vía más expedita. NºPenal-420-2024.

Texto Completo (Preview)

Jbl C.A. de Valparaíso ACTA DE AUDIENCIA En Valparaíso, a veintiocho de febrero de dos mil veinticuatro, a las 11:09 horas, ante la Cuarta Sala de esta Corte de Apelaciones de Valparaíso presidida por el Ministro Sr. Mario Gómez Montoya e integrada por la Ministra Srta. Eliana Quezada Muñoz y el Ministro Sr. Jaime Arancibia Pinto, para la vista del recurso de apelación interpuesto por el fiscal ad

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