1º JUZGADO DE LETRAS DE LOS ANGELES

BANCO DE CHILE CON AGRÍCOLA DANIELA LIMITADA Y OTRA. ACUMULADAS ROL 849-2023, 2685-2023

Rol

Fecha

27 de febrero de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

CONFIRMADA/REVOCADA

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Hechos

VISTO: I.- En cuanto a la apelación que incide en los autos rol 848-2023 Civil. Teniendo presente lo dispuesto en el artículo 188 del Código de Procedimiento Civil, y siendo la resolución apelada un simple decreto que no hace sino tener presente para la traba del embargo los bienes señalados por el ejecutante, por lo que no altera la sustanciación regular del juicio, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto en contra de la resolución de veintisiete de enero de dos mil veintitrés, dictada en causa Rol C-3256-2022, del ingreso del Primer Juzgado de Letras de Los Ángeles. II.- En cuanto a la apelación que incide en los autos rol 849-2023 Civil. Por ser la interlocutoria de prueba fijada por el tribunal comprensiva de todos los puntos debatidos al tener de las excepciones opuestas, SE CONFIRMA, sin costas del recurso, la resolución apelada de dos de marzo de dos mil veintitrés, dictada en causa Rol C-3256-2022, del ingreso del Primer Juzgado de Letras de Los Ángeles. III.- En cuanto a la apelación que incide en los autos rol 2685-2023 Civil. Teniendo presente el claro tenor de lo dispuesto en el artículo 411 del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada de quince de septiembre de dos mil veintitrés, dictada en causa Rol C-3256-2022, del ingreso del Primer Juzgado de Letras de Los Ángeles, y en su lugar se resuelve que proveyendo la presentación de 13 de septiembre de 2023: Téngase por notificado a la parte ejecutante de la resolución de 24 de agosto de 2023 y traslado al ejecutado de la impugnación de los honorarios fijados por el perito designado en autos. Devuélvase. N°Civil-848-2023 y acumuladas roles 849-2023 y 2685-2023.

Fallo

se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto en contra de la resolución de veintisiete de enero de dos mil veintitrés, dictada en causa Rol C-3256-2022, del ingreso del Primer Juzgado de Letras de Los Ángeles. II.- En cuanto a la apelación que incide en los autos rol 849-2023 Civil. Por ser la interlocutoria de prueba fijada por el tribunal comprensiva de todos los puntos debatidos al tener de las excepciones opuestas, SE CONFIRMA, sin costas del recurso, la resolución apelada de dos de marzo de dos mil veintitrés, dictada en causa Rol C-3256-2022, del ingreso del Primer Juzgado de Letras de Los Ángeles. III.- En cuanto a la apelación que incide en los autos rol 2685-2023 Civil. Teniendo presente el claro tenor de lo dispuesto en el artículo 411 del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada de quince de septiembre de dos mil veintitrés, dictada en causa Rol C-3256-2022, del ingreso del Primer Juzgado de Letras de Los Ángeles, y en su lugar se resuelve que proveyendo la presentación de 13 de septiembre de 2023: Téngase por notificado a la parte ejecutante de la resolución de 24 de agosto de 2023 y traslado al ejecutado de la impugnación de los honorarios fijados por el perito designado en autos. Devuélvase. N°Civil-848-2023 y acumuladas roles 849-2023 y 2685-2023.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción CVF/rtp Concepción, veintisiete de febrero de dos mil veinticuatro. VISTO: I.- En cuanto a la apelación que incide en los autos rol 848-2023 Civil. Teniendo presente lo dispuesto en el artículo 188 del Código de Procedimiento Civil, y siendo la resolución apelada un simple decreto que no hace sino tener presente para la traba del embargo los bienes señalados por el ejecutante, p

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