SIN INFORMACION

MARIA IGNACIA REYES DEL PINO/SERVICIO NACIONAL DE PROTECCIÓN ESPECIALIZADA A LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA

Rol

Fecha

27 de febrero de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: Comparece doña MARIA IGNACIA REYES DEL PINO, Abogada, funcionaria pública, soltera, cédula de identidad Nro. 17.042.014-4, domiciliada en Victoria 36, comuna de San Pedro de la Paz e interpone recurso de protección contra el Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia Rut N° 62.000.890-7 representado por su Directora Regional del Biobio doña ANDREA SALDAÑA LEON, cédula de identidad Nro. 14.373.178-2, ambos con domicilio en Caupolicán 518, piso 8 ciudad de Concepción, recurriendo en contra del acto que contiene la decisión de no dar continuidad laboral de fecha 10 de octubre de 2023, instancia en la que fui notificada de forma verbal y través de la entrega de un documento denominado pauta única de evaluación par continuidad laboral sin tener número correlativo, ni suscrita por ninguna autoridad, por ser dicha resolución ilegal y arbitraria de los derechos y garantías constitucionales contempladas en el artículo 19 No 2, 3, 16 y 24 de nuestra Constitución Política, solicitando en lo esencial que se deje sin efecto el acto que dispuso la no renovación de la contrata de la recurrente de protección, ordenando el reintegro a sus funciones. Señala que se incorporó el 10 de julio de 2023 al Servicio recurrido, mediante concurso público, en el cargo de Jefa de Unidad de Supervisión y Fiscalización, logrando durante 3 meses gestionar y articular diversas áreas que componen la Unidad. Pero el 06 de octubre su Jefa Directa le notifica la continuidad laboral hasta el 31 de diciembre de 2023, generándose la legítima expectativa de continuar trabajando al menos hasta la fecha indicada, todo conforme al Decreto Nro. 9 que “Aprueba reglamento que determina estructura interna del servicio de protección especializada a la niñez y adolescencia y regula otras materias que indica” Agrega que sin embargo, el lunes 10 de octubre la Directora Regional doña Andrea Saldaña y el Ministro de Fe don Jordán Gutierrez, le notifican verb

Fundamentos

CONSIDERANDO: 1º) Que, en primer lugar, debe tenerse en cuenta que el recurso de protección es un instituto procesal de carácter extraordinario, establecido para restaurar el imperio del derecho cuando se han afectado derechos fundamentales garantizados por nuestra Constitución Política, por intermedio de un acto arbitrario o ilegal. Como es unánimemente aceptado,

Fallo

por tanto, requiere para su procedencia la concurrencia simultánea de un conjunto de requisitos, a saber, la existencia de un acto o una omisión ilegal y arbitraria, que dicho acto viole, perturbe o amenace garantías o derechos que la Constitución Política de la República asegura a todas las personas; y finalmente, que quien lo interpone se encuentre ejerciendo un derecho indubitado y que la acción constitucional se dirija en contra de quien ha causado la conculcación de un derecho garantizado por nuestra Carta Fundamental, dentro del plazo señalado por el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema. 2º) Que el recurso tiene su origen en el despido supuestamente arbitrario sufrido por doña MARIA IGNACIA REYES DEL PINO, quien habiendo sido seleccionada por concurso público, se desempeñó en el Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia, desde el 10 de julio de 2023, hasta el 10 de octubre de 2023, fecha en la cual se le notificó su cese de funciones. 3º) Que examinada la materia sometida a la decisión de esta Corte, excede los límites de la acción de protección, que como sabemos, ha sido concebida como un medio rápido, expedito y eficaz, cuya brevedad le ha dotado de momentos jurisdiccionales breves, concentrados, que no permiten etapas de discusión, prueba y sentencia, en la cuales las partes puedan realizar una discusión que asegure en materias de mayor complejidad, como la presente de índole esencialmente laboral, formar opinión acabada

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción Concepción, veintisiete de febrero de dos mil veinticuatro. Vistos: Comparece doña MARIA IGNACIA REYES DEL PINO, Abogada, funcionaria pública, soltera, cédula de identidad Nro. 17.042.014-4, domiciliada en Victoria 36, comuna de San Pedro de la Paz e interpone recurso de protección contra el Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia Rut N° 62.0

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