22º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

BANCO DE CHILE/BALCAZAR - (LTE)

Rol

Fecha

27 de febrero de 2024

Materia

PESOS, COBRO DE

Resultado

OMITE PRONUNCIAMIENTO

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Hechos

Vistos y teniendo únicamente presente: 1°.- Que el tribunal resolvió la objeción planteada por el sin requerir previamente informe a la Unidad de Liquidación, el que se hace necesaria por cuanto debe explicar, para el caso concreto y conforme a la sentencia que se intenta cumplir, cual es el interés aplicado, la fecha de mora considerada y el tipo de obligación de que se trata. 2°.- Que lo anterior importa sostener que el tribunal incurrió en un vicio de procedimiento que debe ser enmendado como lo autoriza el artículo 84 del Código de Procedimiento Civil, por cuanto ello provoca indefensión al articulista por cuanto se discute no solo porcentaje de interés aplicado, sino también la naturaleza de la obligación, lo cual determina concluir que la Unidad de Liquidación debe explicar el tribunal por qué considera 144 días de mora y un interés de 2,6%, cuando la sentencia definitiva alude a “Intereses pactados”. Por estas consideraciones, actuando el tribual de oficio, deja sin efecto la resolución de diecisiete de mayo de dos mil veintidós, dictada por el 22 Juzgado Civil de Santiago, en la causa Rol C- 27.231-2017 y en su lugar se decide que se retrotrae la causa al estado de que el tribunal de primer grado, para resolver la objeción formulada por el actor, requiera a la Unidad de Liquidación el informe de rigor. Se omite pronunciamiento sobre el recurso de apelación concedido por resolución de dos de junio de dos mil veintidós. Comuníquese. N°Civil-8354-2022.

Fallo

Por estas consideraciones, actuando el tribual de oficio, deja sin efecto la resolución de diecisiete de mayo de dos mil veintidós, dictada por el 22 Juzgado Civil de Santiago, en la causa Rol C- 27.231-2017 y en su lugar se decide que se retrotrae la causa al estado de que el tribunal de primer grado, para resolver la objeción formulada por el actor, requiera a la Unidad de Liquidación el informe de rigor. Se omite pronunciamiento sobre el recurso de apelación concedido por resolución de dos de junio de dos mil veintidós. Comuníquese. N°Civil-8354-2022.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintisiete de febrero de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo únicamente presente: 1°.- Que el tribunal resolvió la objeción planteada por el sin requerir previamente informe a la Unidad de Liquidación, el que se hace necesaria por cuanto debe explicar, para el caso concreto y conforme a la sentencia que se intenta cumplir, cual es el interés aplicado, la fecha de m

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