NELSON BASCUÑÁN ARANDA/GENDARMERIA DE CHILE
Rol
Fecha
27 de febrero de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que la abogada Linda Catalán Appelgren interpone acción de amparo en favor de Nelson Bascuñán Aranda, actualmente en prisión preventiva en el CDP de Puente Alto, en contra de Gendarmería de Chile por no haber efectuado aún el traslado del imputado al Centro Penitenciario Santiago Uno, lo que afecta gravemente su libertad personal y seguridad individual. Expone que Bascuñan Aranda se encuentra en prisión preventiva en causa RIT 4-2024 seguida ante el 2° Tribunal Oral en lo Penal de Santiago, ingresando al CDP Santiago Uno, pero por
Fundamentos
motivos que se desconocen, fue trasladado al Centro Colina I, recinto en el que fue amenazado por lo que solicitó su traslado al CDP de Puente Alto. Sin embargo, el interno fue nuevamente amedrentado por la población penal, quienes le pedían dinero por estar imputado en una causa de tráfico ilícito de drogas. Señala que en audiencia de 29 de enero pasado, el tribunal aceptó su traslado al CDP Santiago Uno, no obstante, Gendarmería de Chile a la fecha de interposición del recurso, no lo había efectuado, recibiendo más amenazas de otros internos las que se concretaron en golpes el 30 de enero del año en curso. Pide que se ordene a Gendarmería de Chile que efectúe el traslado del imputado al CDP Santiago Uno a la brevedad y se otorguen estrictas medidas de seguridad para proteger la vida e integridad psíquica del amparado. Segundo: Que informa al tenor del recurso, el abogado Sebastián Ramírez Montalva, en representación de Gendarmería de Chile, solicitando se rechace la presente acción constitucional, atendido que mediante Resolución Exenta N°516 de 1 de febrero pasado se accedió a lo solicitado en favor del interno, lo que se materializó con su traslado al CDP Santiago Uno, el 8 de febrero. Tercero: Que el artículo 21 de la Constitución Política de la República establece que todo individuo que se hallare arrestado, detenido o preso con infracción de lo dispuesto en la Constitución o en las leyes, podrá ocurrir por sí, o por cualquiera a su nombre, a la magistratura que señale la ley, a fin de que ésta ordene se guarden las formalidades legales y adopte de inmediato las providencias que juzgue necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. Agrega su inciso tercero que el mismo recurso podrá ser deducido a favor de toda persona que ilegalmente sufra cualquiera otra privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal y seguridad individual. Cuarto: Que el asunto que se somete al conocimiento de esta Corte, de conformidad con lo que se denuncia en la acción constitucional intentada, dice relación con que la recurrida no había efectuado el traslado del interno, autorizado el 29 de enero pasado por el 2° Tribunal Oral en lo Penal de Santiago, desde el recinto penitenciario de Puente Alto al CDP Santiago Uno, lo que lo habría expuesto a amenazas y golpes de otros internos. Quinto: Que, del mérito de los antecedentes y a lo establecido en Resolución Exenta N°516/2024 de 1 de febrero de 2024 suscrita por la Sub Oficial Mayor y Jefa de Control Penitenciario Regional, doña Leticia Torres Vera, se autorizó el traslado del interno Nelson Rodrigo Bascuñán Aranda, el que según lo informado por Gendarmería de Chile, se concretó el 8 de febrero recién pasado. Sexto: Que, en consecuencia, esta Corte advierte que no existe medida de urgencia que adoptar en favor de los derechos de la persona en cuyo favor se recurre, desde que su petición ha sido resuelta.
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de amparo deducido a favor de Nelson Bascuñán Aranda, en contra de Gendarmería de Chile. Regístrese y archívese, en su oportunidad. N°84-2024 Amparo.
Texto Completo (Preview)
San Miguel, veintisiete de febrero de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que la abogada Linda Catalán Appelgren interpone acción de amparo en favor de Nelson Bascuñán Aranda, actualmente en prisión preventiva en el CDP de Puente Alto, en contra de Gendarmería de Chile por no haber efectuado aún el traslado del imputado al Centro Penitenciario Santiago Uno, lo que afecta gr
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica