COMPAÑÍA DE INVERSIONES QL S.A./CONSULTORIA E INVERSIONES COINCO S.A. - (LTE) - (ACUMULADO INGRESO CORTE N°7565-2021, 10285-2021, 7931-2022 CASACION Y APELACION Y 13652-2022) - VISTA CONJUNTA CON RECURSO DE HECHO, INGRESO CORTE N°7067-2021
Rol
Fecha
26 de febrero de 2024
Materia
OBLIGACIÓN DE DAR, CUMPLIMIENTO
Resultado
OMITE PRONUNCIAMIENTO
Hechos
Vistos: I.- En cuanto al Ingreso Civil Nro. Civil 6.701-2021: 1°) Que se elevó para el conocimiento de esta Corte recursos de apelación deducidos por las ejecutadas en contra de resolución de 19 de julio de 2021, concedidos el 28 de julio de 2021. 2°) Que en primera instancia, el 13 de febrero de 2024, la ejecutante Compañía de Inversiones QL S.A. se desistió de forma pura y simple de la demanda ejecutiva, aceptando el desistimiento las ejecutadas Eugenio Correa Poblete, Consultoría e Inversiones Coinco S.A. y Asfaltos Chile SpA. El tribunal a quo, el 20 de febrero del presente año, resolvió ha lugar al desistimiento y dispuso el término a la causa. 3°) Que, atendido el mérito procesal de la causa seguida en primera instancia, por motivo del desistimiento referido, no existe asunto alguno que deba conocer esta Corte, por lo que corresponde omitir pronunciamiento. Por estas consideraciones, se omite pronunciamiento respecto de los recursos de apelación deducidos por las ejecutadas, en contra de la resolución de diecinueve de julio de dos mil veintiuno. II.- En cuanto al Ingreso Civil Nro. Civil 7.565-2021: 1°) Que se elevó para el conocimiento de esta Corte recursos de apelación deducidos por las ejecutadas en contra de resolución de 28 de julio de 2021, concedidos el 25 de agosto de 2021. 2°) Que en primera instancia, el 13 de febrero de 2024, la ejecutante Compañía de Inversiones QL S.A. se desistió de forma pura y simple de la demanda ejecutiva, aceptando el desistimiento las ejecutadas Eugenio Correa Poblete, Consultoría e Inversiones Coinco S.A. y Asfaltos Chile SpA. El tribunal a quo, el 20 de febrero del presente año, resolvió ha lugar al desistimiento y dispuso el término a la causa. 3°) Que, atendido el mérito procesal de la causa seguida en primera instancia, por motivo del desistimiento referido, no existe asunto alguno que deba conocer esta Corte, por lo que corresponde omitir pronunciamiento. Por estas consideraciones, se omite pronunciamiento res
Fallo
Por estas consideraciones, se omite pronunciamiento respecto de los recursos de apelación deducidos por las ejecutadas, en contra de la resolución de diecinueve de julio de dos mil veintiuno. II.- En cuanto al Ingreso Civil Nro. Civil 7.565-2021: 1°) Que se elevó para el conocimiento de esta Corte recursos de apelación deducidos por las ejecutadas en contra de resolución de 28 de julio de 2021, concedidos el 25 de agosto de 2021. 2°) Que en primera instancia, el 13 de febrero de 2024, la ejecutante Compañía de Inversiones QL S.A. se desistió de forma pura y simple de la demanda ejecutiva, aceptando el desistimiento las ejecutadas Eugenio Correa Poblete, Consultoría e Inversiones Coinco S.A. y Asfaltos Chile SpA. El tribunal a quo, el 20 de febrero del presente año, resolvió ha lugar al desistimiento y dispuso el término a la causa. 3°) Que, atendido el mérito procesal de la causa seguida en primera instancia, por motivo del desistimiento referido, no existe asunto alguno que deba conocer esta Corte, por lo que corresponde omitir pronunciamiento. Por estas consideraciones, se omite pronunciamiento respecto de los recursos de apelación deducidos por las ejecutadas, en contra de la resolución de veintiocho de julio de dos mil veintiuno. III.- En cuanto al Ingreso Civil Nro. Civil 10.285-2021: 1°) Que se elevó para el conocimiento de esta Corte el recurso de apelación deducido por la ejecutante en contra de resolución de 20 de octubre de 2021, concedido el 29 de octubre de 2
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintiséis de febrero de dos mil veinticuatro. Al escrito de folio 70: a lo principal, téngase presente; al otrosí, a sus antecedentes. Vistos: I.- En cuanto al Ingreso Civil Nro. Civil 6.701-2021: 1°) Que se elevó para el conocimiento de esta Corte recursos de apelación deducidos por las ejecutadas en contra de resolución de 19 de julio de 2021, concedidos el 28 de ju
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica