SIN INFORMACION

PARADA/VIGÉSIMO CUARTO JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

Rol

Fecha

26 de febrero de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que a folio 1, con fecha 12 de febrero del año 2024, comparece don Jerónimo Brieba Milnes, abogado, en relación con la causa caratulada “Standard SA/Abundancia Spa”, Rol C- 5.060-2023, sobre indemnización de perjuicios, juicio ordinario de mayor cuantía, del 24° Juzgado Civil de Santiago, en representación de la parte demandada de Carlos Parada Abate, quien interpone recurso de hecho en contra de la resolución de fecha 5 de febrero de 2024, dictada por la Jueza doña Cecilia Irene Pastén Pérez, que concedió para ante esta Corte de Apelaciones de Santiago el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante en contra de resolución del 25 de enero en curso, decretándose “no ha lugar a la medida precautoria solicitada, por ahora,…” solicitada por la parte demandante en contra del demandado recurrente, afirmando que dicho recurso de apelación debió ser denegado por improcedente ya que la resolución respecto de la cual se interpuso no es una resolución apelable. Afirma que el recurso de apelación, al tenor de lo prevenido en el artículo 187 del Código de Procedimiento Civil procede en contra de las sentencias definitivas e interlocutorias de primera instancia; y, al tenor de lo prevenido en el artículo 188 del mismo, en contra de los autos y decretos, cuando éstos alteran la sustanciación regular del procedimiento o recaen sobre trámites que no están expresamente ordenados en la ley. Pero en estos casos el recurso de apelación debe interponerse en forma subsidiaria del recurso de reposición y para el evento en que éste no sea acogido, y que el demandado recurrió de apelación en contra de la resolución que rechazó la solicitud de una medida prejudicial precautoria, resolución que tiene la naturaleza jurídica de auto, resolviendo un incidente del juicio, pero sin establecer derechos permanentes a favor de las partes y sin resolver sobre un trámite que deba servir de base en el pronunciamiento de una sentencia definitiva o interlo

Fallo

Por estas consideraciones, normas legales citadas, y lo establecido en los artículos 186 y 194 del Código de Procedimiento Civil, SE RECHAZA, el recurso de hecho deducido por el abogado Jerónimo Brieba Milnes, en contra de la resolución de fecha 5 de febrero de 2024, del 24° Juzgado Civil de Santiago, que concedió la apelación interpuesta, en causa Rol C- 5.060-2023. Déjese copia en los autos ingresos Rol Corte 2174- 2024. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Civil-2387-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintiséis de febrero de dos mil veinticuatro. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que a folio 1, con fecha 12 de febrero del año 2024, comparece don Jerónimo Brieba Milnes, abogado, en relación con la causa caratulada “Standard SA/Abundancia Spa”, Rol C- 5.060-2023, sobre indemnización de perjuicios, juicio ordinario de mayor cuantía, del 24° Juzgado Civil de Santiago

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