RIADY/ISAPRE CRUZ BLANCA S.A.
Rol
Fecha
26 de febrero de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que, comparece doña María Elena Vergara Rocha, abogada, en representación de doña Jeanette Ready Llabur, quien deduce recurso de protección en contra de Isapre Cruz Blanca S.A., representada por don Francisco Amutio García, por el acto ilegal y arbitrario consistente en desconocer la indicación médica que prescribe hospitalización domiciliaria para recurrente, en contra de las indicaciones de la doctora de la red de la Isapre, que no autorizan la alternativa terapéutica de hospitalización domiciliaria con cargo al CAEC ya activado. Explica que hasta enero de 2021, la recurrente efectuaba una vida totalmente independiente, hasta que sufrió un ACV Isquémico, lo que detono la detección de EPOC y dependencia de oxígeno, y como consecuencia de la pandemia, perdió masa muscular, lo cual detonó que quedara postrada con artrosis facetaria multisegmentaria a la columna y rodillas, siendo atendida con kinesiólogo y terapeuta ocupacional, quedando con uso de apoyo para desplazarse (burrito). Agrega que el día 16 de octubre de 2023, se cayó en la cocina de su casa, resultando con una fractura de fémur de la pierna izquierda y el hombro derecho, siendo operada el día 17 de octubre, donde debió ser llevada a la UTI, porque presentó una trombosis en la pierna operada, encontrándose hospitalizada actualmente. No puede caminar, no puede apoyar el brazo en el andador por la tendinopatía de su hombro y el brazo derecho está inmovilizado, necesita kinesióloga a diario, terapia ocupacional a diario y personal de salud las 24 horas. Indica que en la Clínica Bupa, los médicos han prescrito hospitalización domiciliaria como continuidad de tratamiento en donde no estará expuesta a contagiarse alguna infección intrahospitalaria. Acusa que pese al requerimiento efectuado por los médicos de la referida clínica, la recurrida no autoriza el traslado al domicilio, lo que se materializó en la carta de respuesta fechada el 26 de octubre de 2023. En cuanto a
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales citadas, en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Corte Suprema sobre la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de doña Jeanette Ready Llabur y en contra de Isapre Cruz Blanca S.A. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad Rol Corte Nº 15811-2023 (Protección) Pronunciada por la Tercera Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Jorge Zepeda Arancibia, conformada por la Ministra señora María Loreto Gutiérrez Alvear y el Abogado Integrante señor Oscar Torres Zagal.
Texto Completo (Preview)
Santiago, veintiséis de febrero de dos mil veinticuatro. Proveyendo al escrito folio 41: téngase presente. Proveyendo al escrito folio 42: a sus antecedentes. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que, comparece doña María Elena Vergara Rocha, abogada, en representación de doña Jeanette Ready Llabur, quien deduce recurso de protección en contra de Isapre Cruz Blanca S.A., representada por don Fran
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica