JUZGADO DE FAMILIA PEÑAFLOR

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

26 de febrero de 2024

Materia

OTROS PROCEDIMIENTOS MENORES

Resultado

REVOCADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, y lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley 19.968, se revoca la resolución apelada de treinta de julio de dos mil veintitrés, dictada por el Juzgado de Familia de Peñaflor, solo en cuanto se mantiene la prohibición de acercamiento hasta el término del último periodo de intervención del programa PRM de noviembre de 2023, debiendo en una nueva audiencia considerar la evaluación que haga esa institución sobre la mantención o no de la medida cautelar respecto de la niña, y además, ser oída aquella. Devuélvase. N°Familia-132-2024.

Texto Completo (Preview)

San Miguel, veintiséis de febrero de dos mil veinticuatro. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, y lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley 19.968, se revoca la resolución apelada de treinta de julio de dos mil veintitrés, dictada por el Juzgado de Familia de Peñaflor, solo en cuanto se mantiene la prohibición de acercamiento hasta el término del último periodo de intervención del progra

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica