FREYA SCHNEIDER FLORES / MUNICIPALIDAD DE SAN BERNARDO
Rol
Fecha
26 de febrero de 2024
Materia
NULIDAD DEL DESPIDO
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: Se sustanció la causa RIT O-16-2023 seguida ante del Juzgado de Letras de San Bernardo, caratulada “FREYA SCHNEIDER FLORES/MUNICIPALIDAD DE SAN BERNARDO”, en procedimiento de aplicación general, por reconocimiento de relación laboral, nulidad de despido, despido injustificado y cobro de prestaciones laborales adeudadas. Por sentencia dictada con fecha cinco de octubre de dos mil veintitrés, se desestimó la demanda en todas sus partes. Contra de este fallo la demandante Freya Del Carmen Schneider Flores dedujo recurso de nulidad, fundado en dos causales interpuestas de manera subsidiaria: La primera, contemplada en el artículo 478 letra c) del Código del Trabajo y, la segunda, la del artículo 477 de aquel estatuto, en su hipótesis de infracción legal. En ambos casos solicita que se anule la sentencia recurrida y, acto seguido, se dicte sentencia de reemplazo que declare la relación laboral entre las partes, la continuidad de ésta, la nulidad del despido, que el despido fue injustificado, y que, por ende, se le adeudan las prestaciones indicadas en la demanda, condenando a la demandada a que pague las sumas señaladas en el libelo pretensor, todo lo anterior con los reajustes e intereses que por ley corresponda, y con las costas de la causa. Con fecha 20 de febrero de 2024, se efectuó la vista del recurso, interviniendo por la recurrente el abogado Carlos Javier Cassanelli Jofré y por la recurrida el abogado Christian Ruiz Varas, quedando la causa en estado de acuerdo.
Fundamentos
CONSIDERANDO: Primero: Que, como primera causal de nulidad, se invoca la prevista en el artículo 478 letra c) del Código del Trabajo, esto es, cuando sea necesaria la alteración de la calificación jurídica de los hechos, sin modificar las conclusiones fácticas del tribunal inferior. Como fundamento de su arbitrio, expone el recurrente que la sentencia dictada en autos incurre en una errada calificación jurídica de los hechos, puesto que en ella se concluye que los servicios prestados por la actora no corresponden a aquellos regidos por el Código del Trabajo, sino que se tratan en su conjunto de aquellos propios de la contratación bajo un vínculo civil; una relación de prestación de servicios sujeta a honorarios, como se concluye en los considerandos noveno y décimo de la sentencia. Sin embargo, entiende el recurrente que de los hechos acreditados establecidos en el considerando octavo del
Fallo
fallo la demandante Freya Del Carmen Schneider Flores dedujo recurso de nulidad, fundado en dos causales interpuestas de manera subsidiaria: La primera, contemplada en el artículo 478 letra c) del Código del Trabajo y, la segunda, la del artículo 477 de aquel estatuto, en su hipótesis de infracción legal. En ambos casos solicita que se anule la sentencia recurrida y, acto seguido, se dicte sentencia de reemplazo que declare la relación laboral entre las partes, la continuidad de ésta, la nulidad del despido, que el despido fue injustificado, y que, por ende, se le adeudan las prestaciones indicadas en la demanda, condenando a la demandada a que pague las sumas señaladas en el libelo pretensor, todo lo anterior con los reajustes e intereses que por ley corresponda, y con las costas de la causa. Con fecha 20 de febrero de 2024, se efectuó la vista del recurso, interviniendo por la recurrente el abogado Carlos Javier Cassanelli Jofré y por la recurrida el abogado Christian Ruiz Varas, quedando la causa en estado de acuerdo. CONSIDERANDO: Primero: Que, como primera causal de nulidad, se invoca la prevista en el artículo 478 letra c) del Código del Trabajo, esto es, cuando sea necesaria la alteración de la calificación jurídica de los hechos, sin modificar las conclusiones fácticas del tribunal inferior. Como fundamento de su arbitrio, expone el recurrente que la sentencia dictada en autos incurre en una errada calificación jurídica de los hechos, puesto que en ella se concluye
Texto Completo (Preview)
San Miguel, veintiséis de febrero de dos mil veinticuatro. VISTOS: Se sustanció la causa RIT O-16-2023 seguida ante del Juzgado de Letras de San Bernardo, caratulada “FREYA SCHNEIDER FLORES/MUNICIPALIDAD DE SAN BERNARDO”, en procedimiento de aplicación general, por reconocimiento de relación laboral, nulidad de despido, despido injustificado y cobro de prestaciones laborales adeudadas. Por sente
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