SIN INFORMACION

VERÓNICA DEL PILAR SOTO VELOSO/FONDO NACIONAL DE SALUD (FONASA)

Rol

Fecha

27 de febrero de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Visto: 1°.- Que, el artículo 50 del Decreto Supremo N°369/85 del Ministerio de Salud dispone que “Los profesionales, establecimientos o entidades inscritos en la Modalidad de Libre Elección podrán ser sancionados en la forma que se establece en el artículo siguiente, si se comprueba que han incurrido en alguna de las siguientes infracciones...”. 2°.- Que, el inciso primero artículo 51 de la antedicha norma dispone que “…el Director del Fondo dictará una resolución fundada absolviendo al afectado o aplicándole alguna de las siguientes medidas:”, así como, a su vez, el inciso tercero del mismo artículo determina que “De la resolución que aplique las medidas de multa o de cancelación de la inscripción podrá recurrirse ante el Ministerio de Salud dentro del plazo de quince días contados desde la notificación, el cual resolverá en única instancia y sin forma de juicio en un lapso no superior a treinta días contados desde la recepción de la reclamación.”. 3°.- Que, así las cosas, este “recurso de apelación” que se ha interpuesto contra el Fondo Nacional de Salud no puede prosperar, pues conforme se desprende de las normas mencionadas, esta Corte no es competente para conocer de esta materia, sino que lo es el Ministerio de Salud. Por estas consideraciones y disposiciones legales citadas, se declara inadmisible, por incompetencia, conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo N°369/85 del Ministerio de Salud, el recurso de apelación interpuesto por Verónica Soto Veloso contra la Resolución Exenta 5S N°12300/2023 de 09 de noviembre de 2023 del Director Zonal del Fondo Nacional de Salud. Regístrese y Archívese. N°Contencioso Administrativo-14-2024.

Fallo

Por estas consideraciones y disposiciones legales citadas, se declara inadmisible, por incompetencia, conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo N°369/85 del Ministerio de Salud, el recurso de apelación interpuesto por Verónica Soto Veloso contra la Resolución Exenta 5S N°12300/2023 de 09 de noviembre de 2023 del Director Zonal del Fondo Nacional de Salud. Regístrese y Archívese. N°Contencioso Administrativo-14-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción NEA/gam Concepción, veintisiete de febrero de dos mil veinticuatro. A la presentación de folio 59275 (1): A lo principal y al otrosí: Visto: 1°.- Que, el artículo 50 del Decreto Supremo N°369/85 del Ministerio de Salud dispone que “Los profesionales, establecimientos o entidades inscritos en la Modalidad de Libre Elección podrán ser sancionados en la forma que se establece en el

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