SIN INFORMACION

ROJAS/ISAPRE BANMEDICA S.A.

Rol

Fecha

26 de febrero de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, en estos autos las abogadas Susana Elisa Fernández Mardones y María Lorena Montiel Martínez comparecen en representación de Luisa Angélica Rojas Berrios interponiendo recurso constitucional de protección en contra de la Isapre Banmédica S.A., por su negativa a otorgar la cobertura contractual preferente que corresponde a su plan de salud y/o adicional para enfermedades catastróficas (CAEC), respecto de las prestaciones que recibió en la Clínica Dávila Vespucio entre el 17 y 18 de febrero de 2023, lo que consideran un acto ilegal que atenta en contra de los derechos fundamentales que la Constitución Política de la República garantiza. Señalan que la señora Rojas Berríos es una pensionada de 81 años, afiliada al plan de salud cerrado con Clínica Dávila desde el año 2008 y que el 17 de febrero de 2023 ingresó por urgencia a dicho centro asistencial por una condición cardiológica grave que implicaba riesgo vital, siendo sometida a una angioplastia. Por dichas prestaciones, la clínica emitió una cuenta por $8.157.308, de los cuales la Isapre bonificó solo $490.445, quedando un copago de $7.666.863 para la afiliada. Alegan que la Isapre no habría aplicado los porcentajes de cobertura del 90% que contempla su plan de salud para hospitalizaciones y procedimientos en la Clínica Dávila, ni habría dado cobertura de la CAEC que correspondía activar automáticamente por tratarse de una hospitalización durante alerta sanitaria. Estiman que aquello constituye una negativa ilegal y arbitraria que vulnera el contrato de salud, diversas circulares de la Superintendencia de Salud y los numerales 1, 2, 9 y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, por lo que solicitan acoger el recurso y ordenar a la Isapre otorgar la cobertura del 90% contemplado en su plan de salud o la cobertura CAEC respecto a las prestaciones recibidas, con costas. SEGUNDO: Que al evacuar el informe que le fue requerido, la Isapre Banmédica S.A., so

Fallo

Por estas razones, solicita el rechazo del recurso en todas sus partes, con costas. TERCERO: Que el recurso de protección de garantías constitucionales establecido en el artículo 20 de la Carta Fundamental, constituye jurídicamente una acción cautelar destinada a amparar el legítimo ejercicio de las garantías y derechos preexistentes que en esa misma disposición se enumeran, mediante la adopción de medidas de resguardo o providencias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado ante un acto u omisión arbitrario, esto es, producto del mero capricho de quien incurre en ella, o ilegal, es decir, contrario a la ley, que prive, perturbe o amenace dicho ejercicio. Como surge de lo transcrito, es requisito indispensable de la acción cautelar de protección la existencia actual de un acto o una omisión ilegal o arbitraria y que provoque algunas de las situaciones que se han indicado, de manera tal de situarse la Corte en posición de adoptar alguna medida que contrarreste, neutralice o anule los efectos indeseables de esa acción u omisión. CUARTO: Que, en ese entendido, surge que el arbitrio en análisis es una acción constitucional destinada a dar protección respecto de derechos que se encuentren indubitados y no discutidos, naturaleza que no comparten aquellos que han sido invocados por la recurrente. En efecto, el procedimiento reglado en el artículo 117 del Decreto con Fuerza de Ley N° 1, del año 2005, de Salud, otorga a las partes las gar

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintiséis de febrero de dos mil veinticuatro. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, en estos autos las abogadas Susana Elisa Fernández Mardones y María Lorena Montiel Martínez comparecen en representación de Luisa Angélica Rojas Berrios interponiendo recurso constitucional de protección en contra de la Isapre Banmédica S.A., por su negativa a otorgar la cobertura c

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica