CAMPOS / ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES MODELO S A
Rol
Fecha
26 de febrero de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: A folio 1, comparece Luis Campos Villarroel, de 56 años de edad, quien interpone recurso de protección en su favor, y en contra de la Administradora de Fondos de Pensiones, AFP Modelo S.A., por el acto que estima como ilegal y arbitrario de la recurrida, consistente en haberse negado a acceder a la solicitud de retiro de sus fondos previsionales, lo que afecta su derecho de propiedad, garantizado por el artículo 19 numeral 24 de la Constitución Política. Explica que el 22 de septiembre de 2023, solicitó a la recurrida, la devolución total de sus ahorros previsionales, que ascienden a la suma de $13.690.254, con el objeto de administrar su dinero de forma personal y evitar futuras pérdidas, con la necesidad de invertirlos en la construcción de una vivienda. Dice que la solicitud es porque él ya percibe una pensión de retiro vitalicia, por funciones desempeñadas en la Armada de Chile entre los años 1985 y 2005, la que asciende a la suma de $482.858, y que es pagada de forma mensual por Capredena, permitiéndole cubrir de manera íntegra sus gastos. Relata que, en abril de 2005, inició una nueva relación laboral e ingresó al actual sistema de capitalización individual, encontrándose afiliado a AFP Modelo. Sostiene que, en su caso, no se cumple con el fundamento del sistema de capitalización, que es proveer de ingresos de reemplazo a los trabajadores que dejan la vida activa o laboral y cubrir los riesgos, al tener una pensión de retiro anterior, motivo por el cual, el 22 de septiembre de 2023, realizó la solicitud de retiro de sus fondos, y el 6 de octubre del mismo año, esta fue rechazada por la recurrida, argumentando que no le corresponde acceder a la modalidad de retiro programado, ya que el Decreto Ley 3500, permite pensionarse anticipadamente si su pensión es igual o superior a 12,21 UF, y retirar excedentes si es igual o superior a la misma suma. Además, afirma que se argumenta que los afiliados que reciben pagos de pensiones del antiguo sistema previsi
Fundamentos
Considerando: Primero: Que, el recurso de protección, tiene por finalidad restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado que, por actos u omisiones arbitrarias o ilegales, sufra privación, perturbación o amenaza en el legítimo ejercicio de los derechos y garantías establecidas en el artículo 19 de la Constitución Política de la República, y que se encuentran protegidas en el artículo 20 de la misma carta fundamental. Segundo: Que, del análisis del libelo presentado por el actor y de los antecedentes acompañados, se aprecia que lo peticionado a la recurrida, el 22 de septiembre de 2023, fue la pensión de vejez anticipada, con la opción de retirar excedentes de libre disposición, recibiendo respuesta el 6 de octubre del mismo año, mediante la cual se rechazó su petición, por no cumplir con el supuesto legal del artículo 17 transitorio del Decreto Ley N° 3.500. Tercero: Que así entonces el fundamento invocado por la recurrida se ajusta plenamente a la legalidad vigente en tanto se desprende que el actor no se encuentra en la situación excepcional a que alude el precepto legal aludido y que, llegado el caso, le autorizaría al retiro de los fondos que pretende. Cuarto: Que, en consecuencia, la acción entablada será rechazada al no haberse demostrado que la recurrida hubiere incurrido, al emitir su respuesta de respuesta el 6 de octubre de 2023, en alguna actuación u omisión que pudiere ser calificada como ilegal o arbitraria.
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Luis Campos Villarroel, en contra de AFP Modelo S.A. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Redacción del Abogado Integrante señor Felipe Caballero Brun. No firma la Fiscal Judicial señora Jacqueline Nash Álvarez, por encontrarse haciendo uso de su feriado legal ni el abogado Integrante señor Felipe Caballero Brun, por no integrar Sala. No sujeta a anonimización. N°Protección-23054-2023. En Valparaíso, veintiséis de febrero de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
Jepv. C.A. de Valparaíso. Valparaíso, veintiséis de febrero de dos mil veinticuatro. Vistos: A folio 1, comparece Luis Campos Villarroel, de 56 años de edad, quien interpone recurso de protección en su favor, y en contra de la Administradora de Fondos de Pensiones, AFP Modelo S.A., por el acto que estima como ilegal y arbitrario de la recurrida, consistente en haberse negado a acceder a la solici
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