JUZGADO DE GARANTIA DE TALCAHUANO

IMPUTADA: JESSENIA SOLEDAD GONZALEZ BARRAZA

Rol

Fecha

23 de febrero de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTO Y TENIENDO ÚNICAMENTE PRESENTE: 1°.- Que la Fiscal Adjunta (S) Loreto Arrepol Villanueva, en causa RUC Nº2400068228-0, RIT N°153-2024, del Juzgado de Garantía de Talcahuano, deduce recurso de apelación en contra de la resolución dictada en audiencia del día 17 de enero del año en curso, en la cual se declaró la ilegalidad de la detención de la imputada Jessenia Soledad González Barraza, a objeto que se revoque dicha resolución y se declare legal la detención practicada por Carabineros el día 16 de enero de 2024. Refiere que la imputada fue detenida por personal de Carabineros de la Segunda Comisaría de Talcahuano, al ser sorprendida en comisión flagrante del delito de tráfico ilícito de drogas en pequeñas cantidades, previsto y sancionado en el artículo 4 en relación al 1 de la ley 20.000, controlándose su detención, y declarando el tribunal la ilegalidad de la misma. Manifiesta que los antecedentes esgrimidos para proceder a la detención, consistieron básicamente en los siguientes, según da cuenta el tenor del parte policial N°195 de fecha 16 de enero de 2024 de la 2da Comisaría de Talcahuano: “Que el día de hoy (16/01/2024), en circunstancias en que el personal policial se encontraba efectuando un patrullaje preventivo por calle Isla San Ambrosio, al llegar al pasaje Isla Navarino, cuadrante número 7, se procedió a efectuar un control de identidad a una persona de sexo femenino quien se identificó con su cédula de identidad como JESSENIA SOLEDAD GONZÁLEZ BARRAZA, chilena, soltera, estudios básicos, sin oficio, domiciliada en calle Hualpén, sin número, comuna de Talcahuano, quien al momento de efectuar el control de identidad mantenía en su antebrazo derecho un cuchillo con empuñadura de color negro de metal, midiendo 9 cm y de hoja 13.5 cm. Motivo por el cual se procedió a su detención y al momento de efectuar un registro superficial de sus vestimentas, esta mantenía en su polerón color rojo, en el bolsillo costado izquierdo un estuche color rojo con negro

Fallo

fallo da por cierto el control de identidad preventivo al cual debía someterse el acusado y, al verificar que el imputado portaba un bulto en la cintura que parecía un arma de fuego, se evidenció la circunstancia objetiva que admite ser calificada como indicio de aquel al que alude el artículo 85 del Código Procesal Penal, lo que permite descartar la arbitrariedad, abuso o sesgo en el actuar policial, objetivo principal al demandarse por la ley la concurrencia de dicho indicio para llevar a cabo el control de identidad.” (Causa Rol N°247.377-2023, sentencia dictada el 30 de enero de 2024.) Así también lo ha resuelto en causa Rol N°247.382-2023, cuya sentencia también fue dictada el 30 de enero de 2024. 6°.- Que, por consiguiente, cabe concluir que los funcionarios policiales se encontraban facultados para actuar como lo hicieron, por lo que no puede atribuírsele visos de ilegalidad a la detención de la imputada, como se ha sostenido por el tribunal a quo. Por lo expuesto y señalado en los artículos 85, 132 bis y 370 letra b) del Código Procesal Penal, SE REVOCA, la resolución de diecisiete de enero de dos mil veinticuatro dictada en causa RUC Nº2400068228-0, RIT 153-2024, del Juzgado de Garantía de Talcahuano, que resolvió la ilegalidad de la detención de Jessenia Soledad González Barraza, y en su lugar se declara que la detención de la imputada individualizada es legal y conforme al ordenamiento jurídico. Léase en la audiencia fijada al efecto. Comuníquese por la vía más

Texto Completo (Preview)

Concepción, veintitrés de febrero de dos mil veinticuatro. VISTO Y TENIENDO ÚNICAMENTE PRESENTE: 1°.- Que la Fiscal Adjunta (S) Loreto Arrepol Villanueva, en causa RUC Nº2400068228-0, RIT N°153-2024, del Juzgado de Garantía de Talcahuano, deduce recurso de apelación en contra de la resolución dictada en audiencia del día 17 de enero del año en curso, en la cual se declaró la ilegalidad de la dete

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