IMPUTADOS: RODRIGO ALEJANDRO CARRILLO HERMOSILLA, ALEXIS MANUEL AGUILAR HURTADO, BARBARA LORETO DIAZ MONTECINOS, ALEJANDRA DE LAS NIEVES CID CUEVAS
Rol
Fecha
23 de febrero de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y oídos los intervinientes: 1.- Que, en esta causa ingreso Corte Rol 84 -2024, proveniente del Juzgado de Garantía de Coronel, RUC 1500763504-1 y RIT 2619 -2015, seguida en contra de la sentenciada BÁRBARA LORETO DÍAZ MONTECINOS, en audiencia de 17 de enero último, su defensa solicitó se declare la prescripción de la pena de 541 días de presidio menor en su grado medio, -cumpliéndose a través de la sustitutiva de reclusión parcial nocturna domiciliaria-, y, consecuencialmente, el sobreseimiento definitivo de la causa, en atención a que se habría cumplido el plazo de prescripción desde la fecha del quebrantamiento de la respectiva pena, petición que fue rechazada por el juez del a quo. En contra de esta resolución apeló la defensa de la sentenciada, solicitando que acogiéndose su recurso, se revoque dicha resolución, declarando la prescripción de la pena en concreto y el correspondiente sobreseimiento definitivo conforme al artículo 250 letra d) del Código Procesal Penal. 2.- Que, funda su recurso, expresando que la sentenciada fue condenada por sentencia de 11 de octubre de 2016 como autora del delito consumado de tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas en pequeñas cantidades previsto en el artículo 4° en relación al artículo 1° de la Ley 20.000, a la pena de 541 días de presidio menor en su grado medio, pago de una multa de una unidad tributaria y accesorias legales, comiso de droga y especies incautadas, pena que le fue sustituida por la de reclusión parcial domiciliaria nocturna por igual término. Indica que el 6 de diciembre de 2016 se dio inicio al cumplimiento de la pena sustitutiva, instalándosele el dispositivo de control telemático, fijándose como fecha de término el 30 de mayo de 2018. Que, el 15 de septiembre y 7 de noviembre de 2017, la condenada informó cambios de su domicilio a la comuna de Lota, por lo que el tribunal pidió en ambos casos informe de factibilidad técnica, en adelante, -IFT-. Refiere que, luego de informa
Fundamentos
motivos precedentes, queda en claro que no se ha producido el quebrantamiento de la pena impuesta a la sentenciada Bárbara Loreto Díaz Montecinos, sino, como se dejó establecido en el fundamento 4° de esta sentencia, solo diversos incumplimientos a la pena sustitutiva impuesta y una suspensión de la misma, razones por las cuales estos sentenciadores confirmarán la resolución en alzada.
Fallo
Por estas consideraciones, disposiciones legales citadas y de conformidad, además, con lo que dispone el artículo 253 del Código Procesal Penal, se declara: Que, SE CONFIRMA la resolución apelada, dictada en audiencia de diecisiete de enero de dos mil veinticuatro por el Juzgado de Garantía de Coronel, que no dio lugar a declarar prescrita la pena, y consecuencialmente a sobreseer definitivamente en esta causa. Incorpórese a la carpeta judicial, léase en la audiencia fijada al efecto, y devuélvase por la vía correspondiente. Redacción de la ministra Vivian Toloza Fernández. No firma el ministro suplente señor Christian Carvajal Silva, no obstante haber concurrido a la vista de la causa y al acuerdo, en razón de haber cesado en su suplencia. N°Penal-84-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción Concepción, veintitrés de febrero de dos mil veinticuatro. Vistos y oídos los intervinientes: 1.- Que, en esta causa ingreso Corte Rol 84 -2024, proveniente del Juzgado de Garantía de Coronel, RUC 1500763504-1 y RIT 2619 -2015, seguida en contra de la sentenciada BÁRBARA LORETO DÍAZ MONTECINOS, en audiencia de 17 de enero último, su defensa solicitó se declare la prescripción d
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