JUZGADO DE POLICIA LOCAL DE CHIGUAYANTE

GOBERNACION REGIONAL CONTRA SOCIEDAD DE SERVCIOS DE GUARDIAS Y ADMINISTRATIVOS LIMITADA

Rol

Fecha

23 de febrero de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

REVOCADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: PRIMERO: Que en estos autos, ingreso Corte Rol 108-2023, se presenta el abogado Alan Christian Johanson Garrido, en representación de la denunciada SOCIEDAD DE SERVICIOS DE GUARDIAS Y ADMINISTRATIVOS LIMITADA, y deduce recurso de apelación en contra de la sentencia definitiva de fecha diecisiete de octubre de dos mil veintidós, dictada por el Juez de Policía Local de Chiguayante don Ramón García Odgers, que condenó a su representada a una multa de 25 Ingresos Mínimos Mensuales por infracción de los artículos 5, 15 y 18 del Decreto Supremo Nº 93 de 1985, del Ministerio de Defensa Nacional, que aprobó el Reglamento del artículo 5º bis del Decreto Ley Nº 3.607, modificado por el Decreto Ley Nº 3.636, ambos del año 1981 y por la Ley Nº 18.422, consistente en “prestar servicio de vigilancia privada en base a guardia de seguridad, sin curso de formación de guardia de seguridad (sic) y sin tarjeta de identificación obligatoria ante la autoridad fiscalizadora que lo autoriza para ejercer la actividad” y por “no contar con directiva de funcionamiento del servicio establecido”. Pide que se revoque la sentencia apelada y, como consecuencia, que se rechace la denuncia interpuesta en su contra y se absuelva a su representada de toda sanción, con costas. En subsidio, pide que se rebaje prudencialmente el monto de la multa conforme al mérito del proceso. Expone que, con fecha 19 de julio de 2021 la Gobernación Provincial de Concepción formuló en contra de la SOCIEDAD DE SERVICIOS DE GUARDIAS Y ADMINISTRATIVOS LIMITADA un requerimiento de infracción, en el que se señala que ese día 19 de julio se constituyeron en las instalaciones del Supermercado Súper Ganga ubicado en Avenida Manuel Rodríguez Nº 3072, Comuna de Chiguayante, funcionarios de la dotación de la Oficina de Seguridad Privada de la Prefectura de Carabineros de Concepción Nº 18, quienes cursaron una denuncia por las infracciones antes señaladas, argumentando que los trabajadores de la denunciada Francisco André

Fundamentos

considerando además que la denunciada rindió prueba documental y testimonial para desvirtuar la denuncia en su contra. Atento a lo recién anotado la denuncia del caso no puede prosperar.

Fallo

Por estas consideraciones, disposiciones legales citadas y lo prevenido el en los artículos 5, 15 y 18 del Decreto Supremo Nº 93 de 1985, del Ministerio de Defensa Nacional, que aprobó el Reglamento del artículo 5º bis del Decreto Ley Nº 3.607, modificado por el Decreto Ley Nº 3.636, ambos del año 1981 y por la Ley Nº 18.422, Ley 18.287 y artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se declara que se acoge el recurso de apelación deducido por el abogado Alan Christian Johanson Garrido, en representación de la denunciada SOCIEDAD DE SERVICIOS DE GUARDIAS Y ADMINISTRATIVOS LIMITADA y, en consecuencia, SE REVOCA, sin costas, la sentencia definitiva de diecisiete de octubre de dos mil veintidós, dictada por el Juez de Policía Local de Chiguayante don Ramón García Odgers, que la condenó a una multa de 25 Ingresos Mínimos Mensuales por infracción de los artículos 5, 15 y 18 del Decreto Supremo Nº 93 de 1985, del Ministerio de Defensa Nacional, que aprobó el Reglamento del artículo 5º bis del Decreto Ley Nº 3.607, modificado por el Decreto Ley Nº 3.636, ambos del año 1981 y por la Ley Nº 18.422, y en su lugar se declara que se absuelve a la apelante de toda responsabilidad en los hechos denunciado y se le exime del pago de la multa señalada. Regístrese, devuélvase y archívese, oportunamente. Redacción del abogado integrante Gonzalo Montory Barriga, quien no firma, no obstante haber concurrido a la vista de la causa y al acuerdo, por encontrarse ausente. N°Policia L

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción rtp Concepción, veintitrés de febrero de dos mil veinticuatro. VISTOS: PRIMERO: Que en estos autos, ingreso Corte Rol 108-2023, se presenta el abogado Alan Christian Johanson Garrido, en representación de la denunciada SOCIEDAD DE SERVICIOS DE GUARDIAS Y ADMINISTRATIVOS LIMITADA, y deduce recurso de apelación en contra de la sentencia definitiva de fecha diecisiete de octubre de

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