MP C/ PEDRO LUIS RAFFER MALAVE
Rol
Fecha
23 de febrero de 2024
Materia
SUSTRACCION DE MENORES. ART. 142
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto: 1.- Que, los antecedentes aportados por el Ministerio Publico dan cuenta de la dinámica de los hechos en virtud de los cuales el imputado toma contacto con la menor de cuatro años de edad y su madre llevándose a la niña contra su voluntad, contexto en el cual se verifica además la agresión física a doña Fabiola González Ocares, quien se opuso a que Pedro Raffer Malave se la llevara. Además, consta que el encartado mantuvo a la niña en su poder por un lapso aproximado de nueve horas. 2.- Que, los hechos descritos permiten estimar concurrentes los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, en relación al delito por el cual ha sido formalizado. 3.- Que, en cuanto a la necesidad de cautela, atendida la naturaleza del ilícito formalizado, la pena asignada por la ley a éste y la forma de comisión, es del parecer de esta Corte que, la seguridad de la sociedad y de la ofendida, teniendo en consideración la condición de vulnerabilidad de una niña de cuatro años de edad, sólo pueden satisfacerse en esta etapa procesal mediante la prisión preventiva. Por estas consideraciones y de conformidad además con lo previsto en los artículos 358 y 360 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución de veintidós de febrero en curso y en su lugar se dispone la medida cautelar de prisión preventiva en contra de Pedro Luis Raffer Malave. Téngase por notificados a los intervinientes, sin perjuicio de su notificación por el estado diario. Comuníquese y devuélvase inmediatamente. N°Penal-135-2024
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad además con lo previsto en los artículos 358 y 360 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución de veintidós de febrero en curso y en su lugar se dispone la medida cautelar de prisión preventiva en contra de Pedro Luis Raffer Malave. Téngase por notificados a los intervinientes, sin perjuicio de su notificación por el estado diario. Comuníquese y devuélvase inmediatamente. N°Penal-135-2024
Texto Completo (Preview)
C.A. de Chillán Cff/rps Chillán, veintitrés de febrero de dos mil veinticuatro. Visto: 1.- Que, los antecedentes aportados por el Ministerio Publico dan cuenta de la dinámica de los hechos en virtud de los cuales el imputado toma contacto con la menor de cuatro años de edad y su madre llevándose a la niña contra su voluntad, contexto en el cual se verifica además la agresión física a doña Fabiola
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