2º JUZGADO DE FAMILIA SAN MIGUEL

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

22 de febrero de 2024

Materia

DIVORCIO POR CULPA

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que tanto el artículo 137 del Código Orgánico de Tribunales como el artículo 87 de la Ley N°19.947 corresponden a normas que se refieren a la competencia relativa para conocer de los juicios de divorcio, esto es, respecto al territorio como elemento determinante, para establecer el tribunal competente, preceptos que por dicha naturaleza, son disponibles para las partes desde que se encuentran facultadas para prorrogar expresa o tácitamente dicha competencia. Segundo: Que no refiriéndose el inciso final del artículo 54-1 de la Ley N°19.968 a la competencia relativa, el juez...

Texto Completo (Preview)

C.A. de San Miguel San Miguel, veintidós de febrero de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que tanto el artículo 137 del Código Orgánico de Tribunales como el artículo 87 de la Ley N°19.947 corresponden a normas que se refieren a la competencia relativa para conocer de los juicios de divorcio, esto es, respecto al territorio como elemento determinante, para establecer el tri

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