MP C/ JAVIER IGNACIO CORONADO GUZMAN
Rol
Fecha
22 de febrero de 2024
Materia
MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Atendido que la detención del imputado se realizó en virtud de circunstancias objetivas u objetivables y, por ende, conforme al mandato del artículo 85 del Código Procesal Penal, lo que permite descartar la arbitrariedad, abuso o sesgo en el actuar policial, objetivo principal al demandarse por la ley la concurrencia de algún indicio para llevar a cabo el control de identidad; y visto, además, lo dispuesto en los artículos 132 bis y 370 del Código Procesal Penal, se REVOCA, en lo apelado, la resolución de uno de febrero de dos mil veinticuatro y, en consecuencia, se declara que la detención del imputado JAVIER IGNACIO CORONADO GUZMÁN se encuentra ajustada a derecho. Acordado contra el parecer de la Ministra señora Marcia Undurraga Jensen, quien estuvo por confirmar la resolución en alzada en virtud de sus propios fundamentos. Comuníquese y devuélvase, en su oportunidad. N°Penal-119-2024.
Fallo
se declara que la detención del imputado JAVIER IGNACIO CORONADO GUZMÁN se encuentra ajustada a derecho. Acordado contra el parecer de la Ministra señora Marcia Undurraga Jensen, quien estuvo por confirmar la resolución en alzada en virtud de sus propios fundamentos. Comuníquese y devuélvase, en su oportunidad. N°Penal-119-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valdivia. Valdivia, veintidós de febrero de dos mil veinticuatro. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Atendido que la detención del imputado se realizó en virtud de circunstancias objetivas u objetivables y, por ende, conforme al mandato del artículo 85 del Código Procesal Penal, lo que permite descartar la arbitrariedad, abuso o sesgo en el actuar policial, objetivo principal al demandarse por l
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