MP C/ CARLOS ALBERTO FIGUEROA NAVARRETE
Rol
Fecha
22 de febrero de 2024
Materia
TENENCIA ILEGAL DE ARMA DE FUEGO, MUNICIONES Y OTROS. ART. 9 LEY Nº17.798.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTO: 1°.- Que la defensa apeló de la resolución de 14 de febrero del presente año, que mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva al imputado Carlos Alberto Figueroa Navarrete, quien se encuentra acusado como autor del delito de porte de arma de fuego prohibida, del artículo 13 de la Ley 17.798 en relación con el artículo 3° letra f) del mismo texto legal, cuestionando los presupuestos de las letras a) y c) del artículo 140 del Código Procesal Penal, y ha solicitado se revoque la resolución en alzada, dejando sin efecto la medida cautelar impuesta, y pidiendo se decrete la medida cautelar del artículo 155 letra a) del mismo código, en su modalidad parcial o, una medida cautelar menos intrusiva de aquellas señaladas en el artículo 155. 2°.- Que esta Corte no discute el hecho de que la prisión preventiva es esencialmente provisional, y una vez decretada puede ser reemplazada por otra medida cautelar de menor intensidad e incluso dejada sin efecto. Pero en general para que ello ocurra, es necesario que se presenten nuevos antecedentes que tengan la entidad suficiente para mutar el razonamiento original que ha dado lugar a la prisión preventiva. En este caso la defensa ha manifestado severas dudas respecto de la aptitud para el disparo, que tendría el arma encontrada al imputado. 3°.- Que conforme lo oído en la audiencia, esta Corte comparte la posición del persecutor, en orden a que por un lado y de acuerdo al peritaje en cuestión, no contradicho, el arma sigue siendo apta para el disparo, razón por la cual, las alegaciones no cumplen con el estándar suficiente para mutar la prisión preventiva. 4°.- Que a ello se debe agregar, el hecho de existir condenas anteriores respecto del imputado, más al menos un proceso vigente, todo lo cual nos lleva a concluir que la prisión preventiva es la única medida posible y proporcional para el caso en estudio, constituyendo la libertad del encartado un peligro para la seguridad de la sociedad. Tampoco escapa a este anális
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción SFR/mfmm Concepción, veintidós de febrero de dos mil veinticuatro. VISTO: 1°.- Que la defensa apeló de la resolución de 14 de febrero del presente año, que mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva al imputado Carlos Alberto Figueroa Navarrete, quien se encuentra acusado como autor del delito de porte de arma de fuego prohibida, del artículo 13 de la Ley 17.798 en relaci
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