11º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

FORUM SERVICIOS FINANCIEROS S.A/POBLETE

Rol

Fecha

7 de marzo de 2024

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1º).- Que conforme lo dispone el artículo 189 del Código de Procedimiento Civil, establece dentro de los requisitos de admisibilidad del recurso de apelación, debe contener los

Fundamentos

fundamentos de hecho y derecho en que se apoya, las peticiones concretas que se formulan al Tribunal de segunda instancia. 2º).- Que el recurso de apelación deducido por la parte demandada, no cumple con los requisitos a que se refiere el primer acápite de esta resolución, en el sentido de consignar los fundamentos de derecho que sustenten su pretensión de revocación de la decisión impugnada, razón por la cual no puede ser admitido a tramitación.  Y visto, además, lo dispuesto en el artículo 189 y 213 del Código de Procedimiento Civil,

Fallo

se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada con fecha nueve de enero del año en curso (folio N° 40 – cuaderno apremio ejecutivo obligación de dar) en contra de la resolución de fecha tres de enero del mismo año (folio N° 38 – cuaderno apremio ejecutivo obligación de dar).  Regístrese y devuélvase. N°Civil-1725-2024.

Texto Completo (Preview)

jzc C.A. de Santiago Santiago, siete de marzo de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: 1º).- Que conforme lo dispone el artículo 189 del Código de Procedimiento Civil, establece dentro de los requisitos de admisibilidad del recurso de apelación, debe contener los fundamentos de hecho y derecho en que se apoya, las peticiones concretas que se formulan al Tribunal de segunda instancia.

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