ALARCÓN IBAÑEZ, JOSÉ DANIEL/REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACION
Rol
Fecha
21 de febrero de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece Carolina Cáceres del Canto, estudiante de derecho, interponiendo acción constitucional de protección en favor de José Alarcón Ibáñez, cédula nacional de identidad N°18.481.802-7, domiciliado en Reginaldo Uribe N°665, Ovalle, y en contra del Servicio de Registro Civil e Identificación, por su negativa a omitir de la ‘hoja de conductor’ del recurrente una condena penal que se encuentra omitida en su certificado de antecedentes. Como garantía vulnerada indica aquella contenida en el numeral 2 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Expone que el actor fue condenado el 10 de julio de 2020 por el Juzgado de Garantía de Castro en la causa RIT N°505-2020 RUC N°2010012276-7, a cumplir una pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, multa de 1/3 de U.T.M., suspensión de la licencia de conducir por 2 años y suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena; y a una pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, multa de 1/3 de U.T.M. y suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. Afirma que las penas antes indicadas se encuentran cumplidas por lo que conforme a lo prescrito en el artículo 21 de la Ley N°19.628 aquellas se encuentran omitidas del extracto de filiación y antecedentes del actor. Alega que a pesar de lo expresado, al concurrir el actor a dependencias del servicio recurrido el día 03 de enero de 2024 para solicitar la omisión de esas condenas de su hoja de vida del conductor, se le informó verbalmente que no se accedería a su petición. Aduce que el recurrido ha actuado en forma ilegal y arbitraria toda vez que se aparta de lo dispuesto en el artículo 217 de la Ley N°18.290 en relación con los incisos primero y tercero del artículo 38 de la Ley N°18.216, y con los artículos 1, 8, 9, 10 y 12 letra a) del Decreto Supremo N°64, además de las disposiciones contenidas en el Decreto Ley N°409 de 1932, regulación conforme a la cual resultaría posible la omisión solicitada, según se ha resuelto por la Excma. Corte Suprema. Sostiene que la interpretación contraria no se aviene con los fines de reinserción social que buscan propiciarse por la normativa antes citada, amagándose de ese modo la garantía de igualdad ante la ley del actor. Previas citas de derecho solicita acoger la acción intentada y, en definitiva, se “se decrete la omisión de la condena impuesta en la causa RIT N 505-2020 RUC N°2010012276-7 del Juzgado de Garantía de Castro, de la hoja de vida del conductor del recurrente JOSÉ DANIEL ALARCÓN IBAÑEZ”. SEGUNDO: Que, evacuó informe el Servicio de Registro Civil e Identificación, solicitando el rechazo del recurso. Expone que revisada la base de datos de ese servicio se constata que el recurrente registra condena en la causa RIT N 505-2020 RUC N°2010012276-7 del Juzgado de Garantía de Castro, por el delito de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad y de microtráfico de drogas. Agrega que por sentencia de 0
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo establecido en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, SE ACOGE el recurso de protección interpuesto en favor de José Alarcón Ibáñez, cédula nacional de identidad N°18.481.802-7 y en contra del Servicio de Registro Civil e Identificación y, en consecuencia, se orden a la institución recurrida que omite de la Hoja de Vida del Conductor las anotaciones prontuariales materia de la presente acción constitucional, esto es, la correspondientes a la causa RIT N°505-2020 RUC N°2010012276-7 del Juzgado de Garantía de Castro Regístrese, notifíquese y archívese, en su oportunidad. Rol Corte N°17-2024 (Protección).-
Texto Completo (Preview)
Alarcón Ibáñez, José Servicio de Registro Civil e Identificación Recurso de Protección Rol N°17-2024. La Serena, veintiuno de febrero de dos mil veinticuatro. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece Carolina Cáceres del Canto, estudiante de derecho, interponiendo acción constitucional de protección en favor de José Alarcón Ibáñez, cédula nacional de identidad N°18.481.802-7, domiciliado en
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica