NUEVO CAPITAL S.A./VEGA
Rol
Fecha
21 de febrero de 2024
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y teniendo además presente: 1° Que la prueba documental consistente en correos electrónicos, nada aporta a la alegación de falsedad y/o falta de requisitos del título que esgrime el actor, porque corresponden a un evento distinto del título que se cobra. 2° Que, en la cláusula segunda del contrato de factoring, consta el otorgamiento de mandato a los representantes de la actora para la suscripción del pagaré, de modo que no puede ahora el actor cuestionar dicha facultad, salvo probar que el mandato fue dejado sin efecto, lo que no hizo. Por estas consideraciones y de acuerdo, además, con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia apelada dictada el diecisiete de agosto del año dos mil veintidós, por el 6° Juzgado Civil de Santiago. Regístrese y devuélvase. N° 12.971-2022 Civil.
Fallo
Por estas consideraciones y de acuerdo, además, con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia apelada dictada el diecisiete de agosto del año dos mil veintidós, por el 6° Juzgado Civil de Santiago. Regístrese y devuélvase. N° 12.971-2022 Civil.
Texto Completo (Preview)
Santiago, veintiuno de febrero de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo además presente: 1° Que la prueba documental consistente en correos electrónicos, nada aporta a la alegación de falsedad y/o falta de requisitos del título que esgrime el actor, porque corresponden a un evento distinto del título que se cobra. 2° Que, en la cláusula segunda del contrato de factoring, consta el otorgamiento
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