M.P C/ JEAN PIERRE GEORGES CATALAN
Rol
Fecha
21 de febrero de 2024
Materia
DESACATO ART. 240 CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y oídos los intervinientes: Que del mérito de los antecedentes aparece que, en el actual estadio procesal, no es posible desvirtuar la concurrencia de los presupuestos establecidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, en relación al delito por el que se ha formalizado la investigación y la eventual participación del imputado en el mismo, por lo que no han variado sustancialmente las circunstancias que se tuvo en consideración para decretar la prisión preventiva en su oportunidad. En cuanto a la necesidad de cautela, su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, en atención a la naturaleza, gravedad del ilícito, la pena asignada al mismo, además del bien jurídico afectado de conformidad a lo dispuesto en la letra c) del artículo 140 ya mencionado. Y de acuerdo, además, con lo dispuesto en los artículos 352 y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de doce de febrero de dos mil veinticuatro, dictada por el 15° Juzgado de Garantía de Santiago que mantuvo la prisión preventiva del imputado Jean Pierre Georges Catalán. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. Nº 487-2024-Penal.
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Fecha: veintiuno de febrero de dos mil veinticuatro Quinta Sala Rol Corte: 487-2024 RUC: 2400090831-9 RIT: 316-2024 15° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO Ministro de fe: Emil Ibarra Sáez Defensor: Anastasia Aguirre Crosara Ministerio Público: Hernán Fernández Aracena Imputado: Jean Pierre Georges Catalán Tipo de Recurso: Apelación de medida cautelar. Escritos proveídos en audiencia: 2 San Miguel, v
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