NICOLE DEL CARMEN SALGADO CARO C/ MIGUEL ANGEL VILLAGRAN GODOY
Rol
Fecha
21 de febrero de 2024
Materia
FEMICIDIO INTIMO ART. 390 BIS
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes expuestos por los intervinientes en audiencia, esta Corte, por unanimidad de los integrantes de esta Sala, estima que se encuentran suficientemente justificados los presupuestos materiales contemplados en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, esto es, la existencia del delito por el cual se ha formalizado la investigación, femicidio en grado de ejecución frustrado –conforme la dinámica en que se desarrollaron los hechos y que en principio, exceden la mera amenaza, sin perjuicio de lo que eventualmente se resuelva con las resultas de la investigación- y la participación punible que se les atribuyó al imputado por parte del ente persecutor, autor. En cuanto a la necesidad de cautela, requisito contemplado en la letra c) de la norma y cuerpo legal citado precedentemente, se tendrá especialmente en consideración la gravedad de la pena asignada al delito por el cual se ha formalizado la investigación y la existencia de anotaciones pretéritas por delitos de similar naturaleza en contra de otras víctimas, razón por la cual, SE CONFIRMA la resolución de fecha catorce de febrero del año dos mil veinticuatro dictada por la Jueza doña Marcela Bley Valenzuela del Juzgado de Letras y Garantía de Curacautín, que impuso la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Miguel Ángel Villagrán Godoy, por estimar que su libertad constituye un peligro para la víctima y para la sociedad. Agréguese a la carpeta digital y comuníquese lo resuelto al Tribunal A Quo. Rol N° Penal-263-2024.(jog)
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, veintiuno de febrero de dos mil veinticuatro. Al folio N° 4: A lo principal, al primer y segundo otrosí: Téngase presente. Al folio N° 5: A lo principal y al otrosí: Téngase presente. VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes expuestos por los intervinientes en audiencia, esta Corte, por unanimidad de los integrantes de esta Sala, estima que se encuentran suficienteme
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