MINISTERIO PUBLICO / JOSE MANUEL GUAJARDO NAVARRETE
Rol
Fecha
21 de febrero de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Que, conforme con los antecedentes expuestos por los intervinientes y la dinámica de los hechos, se aprecia que la necesidad de cautela, por ahora, puede ser satisfecha con medidas de menor intensidad que la prisión preventiva impuesta, por lo que atendido lo dispuesto en los artículos 122, 139, 358 y 360 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada dictada en audiencia de catorce de febrero del año en curso en cuanto decretó la prisión preventiva del imputado José Manuel Guajardo Navarrete y, en su lugar, se declara que se le impone el arresto domiciliario total y la prohibición de acercarse a la víctima, de las letras a) y g) del artículo 155 del código citado. Téngase por notificados a los intervinientes. Devuélvase inmediatamente. N°Penal-132-2024.
Fallo
se declara que se le impone el arresto domiciliario total y la prohibición de acercarse a la víctima, de las letras a) y g) del artículo 155 del código citado. Téngase por notificados a los intervinientes. Devuélvase inmediatamente. N°Penal-132-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Chillán Cip/rps Chillán, veintiuno de febrero de dos mil veinticuatro. Vistos: Que, conforme con los antecedentes expuestos por los intervinientes y la dinámica de los hechos, se aprecia que la necesidad de cautela, por ahora, puede ser satisfecha con medidas de menor intensidad que la prisión preventiva impuesta, por lo que atendido lo dispuesto en los artículos 122, 139, 358 y 360 del Có
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