JUZGADO DE GARANTIA DE ANGOL

MINISTERIO PUBLICO C/ GERALD JAVIER ONATTE MUNOZ

Rol

Fecha

21 de febrero de 2024

Materia

HOMICIDIO. ART.391 Nº 2.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en audiencia, estimando esta Sala, que conforme a lo ha resuelto el Juez de Garantía respecto del imputado adolescente GERALD JAVIER OÑATE MUÑOZ se encuentran acreditados los presupuestos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal. Que, en cuanto, a la necesidad de cautela y disintiendo con la defensa, atendiendo el bien jurídico protegido, esto es, la muerta de una persona, la gravedad de los hechos atribuidos al imputado, la forma de ocurrencia de los mismo, la pena asignada por ley al delito que se investiga, la circunstancia que aquellas modificatorias de responsabilidad criminal hacen en definitiva ponderadas por los jueces del fondo se estima que efectivamente la libertad del imputado constituye un peligro para la sociedad, razón por la cual, SE CONFIRMA la resolución de fecha trece de febrero de dos mil veinticuatro del Juzgado de Garantía de Angol que impuso la medida cautelar de internación provisorio del imputado GERALD JAVIER OÑATE MUÑOZ. Comuníquese por la vía más rápida y agréguese a la carpeta digital. N°Penal-260-2024. (cwm)

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, veintiuno de febrero de dos mil veinticuatro. Al escrito folio 3 y, a lo principal y otrosí de los escritos folios 4 y 6: Téngase presente. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en audiencia, estimando esta Sala, que conforme a lo ha resuelto el Juez de Garantía respecto del imputado adolescente GERALD JAVIER OÑATE MUÑOZ se encuen

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