SIN INFORMACION

FRANCOIS/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

21 de febrero de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Visto: A folio 1, se interpone recurso de amparo en favor de JULIANA FRANCOIS, de nacionalidad haitiana, pasaporte CH4658112, en contra de Servicio Nacional de Migraciones, toda vez que el 28 de agosto de 2023 le notifican orden de expulsión. Indica que vive en Chile con su pareja extranjera y tienen una hija de nacionalidad chilena, nacida en el año 2021. Solicita que se deje sin efecto la orden de expulsión. Informa la Servicio Nacional de Migraciones, indica que con fecha 22 de octubre de 2022 la extranjera ingresó de manera clandestina a Chile, por lo tanto, la medida de expulsión fue adoptada por la autoridad competente, dentro del marco de las potestades que le reconoce la ley vigente y conforme a los antecedentes que se tuvieron a la vista. Informa la Policía de Investigaciones, dando cuenta de la notificación de la medida de expulsión. Se trajeron los autos en relación. Con lo relacionado y

Fundamentos

considerando: Primero: Que el recurso de amparo solicita se deje sin efecto Resolución Exenta N° 391 de fecha 21 de enero de 2021, que decretó la expulsión de la amparada del territorio nacional, por haber ingresado clandestinamente. Segundo: Que, teniendo únicamente presente que, del mérito de los antecedentes acompañados por la recurrente, se da cuenta que la amparada cuenta con familia en el territorio nacional, pues vive con su pareja y tiene una hija de nacionalidad chilena. De acuerdo a esto, de mantenerse la decisión de la autoridad administrativa, se ocasionará la separación entre la actora y su familia. El acto administrativo impugnado vulnera, entonces, el principio de reunificación familiar, consagrado en el artículo 1° inciso primero y final de la Constitución Política de la República, en cuanto establecen que la familia es el núcleo fundamental de la sociedad, siendo deber del Estado darle protección, por lo que el tribunal debe adoptar las medidas para reparar la afectación de los derechos vulnerados.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se acoge, sin costas, el recurso de amparo interpuesto en favor de JULIANA FRANCOIS, contra el Servicio Nacional de Migraciones, y en consecuencia se deja sin efecto la Resolución Exenta N° 391 de fecha 21 de enero de 2021, que dispuso la expulsión de la amparada del territorio nacional. Acordada con el voto en contra del Ministro Suplente Sr. Aravena, quien fue del parecer de rechazar el recurso de amparo, por estimar que el Servicio Nacional de Migraciones no ha realizado acto o incurrido en omisión alguna, ilegal, que pudiere afectar la garantía constitucional del artículo 19 número 7 de la Carta Fundamental de la amparada. Comuníquese por la vía más expedita. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-214-2024.

Texto Completo (Preview)

I.C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintiuno de febrero de dos mil veinticuatro. Visto: A folio 1, se interpone recurso de amparo en favor de JULIANA FRANCOIS, de nacionalidad haitiana, pasaporte CH4658112, en contra de Servicio Nacional de Migraciones, toda vez que el 28 de agosto de 2023 le notifican orden de expulsión. Indica que vive en Chile con su pareja extranjera y tienen una hija de nacion

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