VERDUGO/MORILLO
Rol
Fecha
21 de febrero de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Comparece don Javier Bahamondes Uribe, en representación de don Claudio Andrés Verdugo López, demandado en los autos RIT M-2272-2022, causa seguida ente el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, e interpone recurso de hecho en contra de la resolución de 30 de enero del año en curso, que concedió recurso de apelación en ambos efectos interpuesto en contra de la resolución de 23 del mismo mes y año, por la que se acogió incidente de nulidad por falta de emplazamiento deducido por la parte demandada con fecha 26 de diciembre de 2023, ya ingresado a esta Corte bajo el Rol N°406-2024. Explica, luego de transcribir el artículo 476 del Código del Trabajo, que, si bien la resolución que recae en el incidente de nulidad es una sentencia interlocutoria, no pone término al juicio ni hace imposible su continuación, ni es de aquellas que se pronuncian sobre medidas cautelares o que fijen monto de liquidaciones o reliquidaciones de seguridad social, lo que la hace inapelable. Finaliza solicitando que se haga lugar al presente recurso, en consecuencia, se disponga que el recurso de apelación deducido por la parte demandante es improcedente y no se dé lugar a él conforme a los antecedentes de hecho y de derecho expuesto, con costas en caso de oposición. Segundo: La admisibilidad o procedencia de los recursos en materia laboral se encuentra especialmente regulada en el Párrafo 5°, Libro V del Título Primero del Código del Trabajo y, en lo que se refiere al recurso de apelación, la norma precisa se contiene en su artículo 476, la que específicamente determina las resoluciones que son susceptibles de recurrirse de apelación, en las que no es posible enmarcar aquella de que se trata, desde que no impide la prosecución del juicio, no pone término a la controversia, ni participa de las características allí previstas. Además, justamente por disponer el legislador la regla particular en materia de apelación, no resulta procedente acudir
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 476 del Código del Trabajo y 203 del Código de Procedimiento Civil, se acoge el recurso de hecho interpuesto por el abogado don Javier Bahamonde Uribe en contra de la resolución de treinta de enero de dos mil veinticuatro, dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago en los autor RIT M-2272-2022, declarándose inadmisible el recurso de apelación deducido el 26 de enero del año en curso en contra de la resolución dictada el día veintitrés del mismo mes y año. Déjese constancia en el Ingreso Corte 406-2024, de lo resuelto precedentemente. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Laboral - Cobranza-431-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintiuno de febrero de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Comparece don Javier Bahamondes Uribe, en representación de don Claudio Andrés Verdugo López, demandado en los autos RIT M-2272-2022, causa seguida ente el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, e interpone recurso de hecho en contra de la resolución de 30 de enero del año en
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