LABORATORIO INTERNACIONAL DE COSMÉTICOS S.A./LIBERONA
Rol
Fecha
21 de febrero de 2024
Materia
RECLAMO MULTAS ADMINISTRATIVAS
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos: Se sustanciaron estos autos RIT Nº I-413-2021, ante el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, caratulados “LABORATORIO INTERNACIONAL DE COSMÉTICOS S.A./LIBERONA.”, en procedimiento monitorio sobre reclamación judicial de resolución de multa del artículo 503 del Código del Trabajo. Por sentencia de veintiocho de diciembre de dos mil veintidós, el magistrado don Daniel Ricardi Mac-Evoy, acogió la reclamación presentada, dejando sin efecto la multa cursada, solo en lo que se refiere a la multa N°2 de la resolución de multa 1846/21/56 de fecha 09 de agosto de 2021, manteniéndose en todo lo demás la resolución dictada. Contra ese fallo la parte reclamada dedujo recurso de nulidad, fundando su arbitrio en la causal de nulidad del artículo 477 del Código del Trabajo, por haber sido dictada la sentencia con infracción de ley que influyó sustancialmente en lo dispositivo del fallo, en relación con los artículos 505 del Código del Trabajo en relación con el artículo 1° del DFL N° 2 de 1967, y artículo 7 del código del ramo. Solicita que se anule la sentencia recurrida por haber incurrido en infracción de ley que ha influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo, incurriendo en la causal contemplada en el artículo 477 del Código del Trabajo, y con su mérito dicte sentencia de reemplazo en que se aplique correctamente lo dispuesto en las normas ya señaladas, rechazando la presente reclamación en todas sus partes, manteniendo la multa cursada. Declarado admisible el recurso se procedió a su vista, oportunidad en que alegaron los apoderados de ambas partes.
Fundamentos
Considerando: Primero: La parte reclamada funda su recurso en la causal de nulidad del artículo 477 del Código del Trabajo, por haber sido dictada la sentencia con infracción de ley que influyó sustancialmente en lo dispositivo del fallo, en relación con los artículos 505 del Código del Trabajo en relación con el artículo 1° del DFL N° 2 de 1967, y artículo 7 del ya mencionado código del ramo. Señala que el vicio que afecta la sentencia recurrida se aprecia en el considerando décimo tercero, al señalar que la Inspección del Trabajo ha actuado fuera de la esfera de sus facultades, al realizar una calificación jurídica de los hechos, debiendo la actividad fiscalizadora desarrollarse solo frente a sanciones que resultaren evidentes. Expone que el
Fallo
fallo la parte reclamada dedujo recurso de nulidad, fundando su arbitrio en la causal de nulidad del artículo 477 del Código del Trabajo, por haber sido dictada la sentencia con infracción de ley que influyó sustancialmente en lo dispositivo del fallo, en relación con los artículos 505 del Código del Trabajo en relación con el artículo 1° del DFL N° 2 de 1967, y artículo 7 del código del ramo. Solicita que se anule la sentencia recurrida por haber incurrido en infracción de ley que ha influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo, incurriendo en la causal contemplada en el artículo 477 del Código del Trabajo, y con su mérito dicte sentencia de reemplazo en que se aplique correctamente lo dispuesto en las normas ya señaladas, rechazando la presente reclamación en todas sus partes, manteniendo la multa cursada. Declarado admisible el recurso se procedió a su vista, oportunidad en que alegaron los apoderados de ambas partes. Considerando: Primero: La parte reclamada funda su recurso en la causal de nulidad del artículo 477 del Código del Trabajo, por haber sido dictada la sentencia con infracción de ley que influyó sustancialmente en lo dispositivo del fallo, en relación con los artículos 505 del Código del Trabajo en relación con el artículo 1° del DFL N° 2 de 1967, y artículo 7 del ya mencionado código del ramo. Señala que el vicio que afecta la sentencia recurrida se aprecia en el considerando décimo tercero, al señalar que la Inspección del Trabajo ha actuado fuera d
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C.A. de Santiago Santiago, veintiuno de febrero de dos mil veinticuatro. Vistos: Se sustanciaron estos autos RIT Nº I-413-2021, ante el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, caratulados “LABORATORIO INTERNACIONAL DE COSMÉTICOS S.A./LIBERONA.”, en procedimiento monitorio sobre reclamación judicial de resolución de multa del artículo 503 del Código del Trabajo. Por sentencia de veint
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