SIN INFORMACION

ESCOBAR/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE PADRE LAS CASAS

Rol

Fecha

20 de febrero de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Comparece María del Carmen Lisette Escobar Queupumil, con domicilio en calle Lawen Nro. 774, de la comuna de Padre Las Casas, quien interpone recurso de Protección en contra del Servicio de Vivienda y Urbanismo (SERVIU) Región de la Araucanía, representado legalmente por José Luis Sepúlveda Soza, y en contra de la Municipalidad de Padre Las Casas, representada para estos efectos, por don Mario Herman González Rebolledo, solicitando sea acogida en todas sus partes, en razón de los siguientes argumentos: Señala que con fecha 25/1/2011 se le adjudica la vivienda ubicada en calle Lawen Nro. 774 de la comuna Padre Las Casas, ubicada en la villa Rayen Mapu, ROL de Avalúo fiscal Nro. 2195- 7 de la comuna de Padre Las Casas. Esta vivienda le fue adjudicada a través del comité de vivienda Nueva Esperanza de Coyahue, en virtud de subsidio habitacional FSV CNT, proyecto que fue recepcionado en el año 2010 y que estaba regido conforme a las normas del D.S. 174 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Que, a principios del año 2015, la construcción de la casa comenzó a manifestar una serie de problemas o defectos en la construcción, tales como grietas y rotura de piso en la cerámica a lo largo y ancho de la casa, los cuales cada día que pasaban iban en aumento, lo que hizo saber a los recurridos, sin tener respuesta de su parte, pese a que dicho servicio tenía conocimiento de que la EGIS no había informado a los propietarios ni detalló en los planos la restricción que había para construir sobre el sistema de tierra armada. Solo a fines del 2017, llego a su casa una comitiva de personal del SERVIU y del MINVU a ver el problema y analizar el proyecto original del loteo para ver las causas de las problemáticas constructivas que estaban teniendo las viviendas, prometiendo solo en aquella oportunidad todo el apoyo que finalmente nunca se materializo en la realidad. Que, la falta de conocimiento y/o de información acerca de la construcción y sus condiciones es de tal magnitud

Fundamentos

considerando las características topográficas del terreno disponible, todos los cuales son algunos de los inconvenientes que han generado que su casa haya colapsado. Que, los fallas que ha presentado el inmueble, tanto en el terreno de construcción como en la obra de construcción, han sido de tal gravedad y magnitud, que se tornó imposible continuar viviendo con su familia en aquel lugar, con toda la afectación emocional y logística que eso conlleva, como se refleja de antecedentes clínicos que acompaña. Que, contrario a toda lógica, lamentablemente los recurridos han intentado culparla del problema, haciendo caso omiso de lo señalado por el mismo SERVIU en su INFORME VISITA A TERRENO emitido en octubre del 2023 en cual don Rodrigo Perales Aravena, encargado de la oficina de información vial del SERVIU región de la Araucanía, estableció la existencia de socavones en el sistema de contención, lo que permite que madrigueras de ratones de hayan establecido en la zona, sin embargo, aquello no se puede reemplazar debido a las construcciones existentes en los deslindes del terreno que fueron levantadas sin haber sido informado y/o sin tener conocimiento de la existencia de una restricción de construcción sobre el sistema de tierra armada, siendo una posible solución en base a un muro de contención tipo Cantilever de zapata excéntrica de altura variable estimada entre 3 y 5 metros, en una longitud aproximada de 80 metros lineales, para lo cual se debe generar una nueva iniciativa de inversión ministerial en conjunto con la Municipalidad, para luego buscar vías de financiamiento que permitan contratar un estudio de ingeniería, mediante el cual se desarrolle a novel de ingeniería de detalle la solución técnicamente necesaria. Que, ante lo señalado, tomo contacto con SERVIU quienes no le dan ninguna solución más que hacer abandono del inmueble y esperar, sin que se tome en consideración todos los arreglos, avances y ampliaciones que he realizado al inmueble, teniendo hoy en día en su interior 4 dormitorios, 2 baños, y living remodelado con un espacio de 50 metros cuadrados, cocina, patio trasero techado, estacionamiento y reja de cemento y fierro por todo el perímetros del inmueble, todo lo cual le ha significado una gran inversión y gasto de dinero durante los 13 años que llevo viviendo en aquel lugar. Por lo anterior, se dirigió por una solución a la MUNICPALIDAD DE PADRE LAS CASAS, sin embargo, pese a que en un comienzo le ofrecieron por concepto de aporte, ayuda o bono para arriendo la suma de $350.000 solo por 4 meses, sin embargo, debido a su reclamo y solicitud de ayuda pública en el diario Austral de Temuco y en la Radio Araucana, finalmente le ofrecen una ayuda menor y temporal consistente en la suma de $350.000.- por solo 2 meses, pagándose el último de ellos el día 12/10/2023, momento en que le dicen que hasta ese pago ellos accederán, pero nada más. Por su parte el SERVIU, no hizo aporte alguno en carácter de subsidio de arriendo, sino que

Fallo

Por estas consideraciones, y atendido lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, SE RECHAZA, sin costas, el recurso de protección interpuesto por doña MARÍA DEL CARMEN LISETTE ESCOBAR QUEUPUMIL, en contra del SERVICIO DE VIVIENDA Y URBANISMO (SERVIU) REGIÓN DE LA ARAUCANÍA, y en contra de la I. MUNICIPALIDAD DE PADRE LAS CASAS, ambos debidamente representados. Ingrésese a la carpeta digital, regístrese y en su oportunidad, archívese. Redactada por el Ministro Sr. José Marinello Federici. Rol N° Protección-13688-2023.(jog)

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, veinte de febrero de dos mil veinticuatro. VISTOS: Comparece María del Carmen Lisette Escobar Queupumil, con domicilio en calle Lawen Nro. 774, de la comuna de Padre Las Casas, quien interpone recurso de Protección en contra del Servicio de Vivienda y Urbanismo (SERVIU) Región de la Araucanía, representado legalmente por José Luis Sepúlveda Soza, y en contra de la Municipal

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