SIN INFORMACION

LEÓN/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL SEGUNDO SEMESTRE AÑO 2023

Rol

Fecha

20 de febrero de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA/COMUNICAR

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, el 15 de febrero del presente año comparece don Max Troncoso Moreno, abogado de Defensoría Penal Pública Penitenciaria, C.I. 16.225.962-8, domiciliado para estos efectos en calle 1 poniente N°1060, oficina 15, Talca, interponiendo Recurso de Amparo en favor de LUIS SERGIO LEÓN DÍAZ, C.I. 9.819.267-0, actualmente privado de libertad en calidad de condenado en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Talca, en contra de la COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL, por la resolución de 11 de octubre del año 2023, que rechazó conceder el beneficio al amparado. Refiere que su representado cumple actualmente una condena de 10 años, por el delito de abuso sexual contra menor de catorce años, la cual inició el 02 de septiembre de 2015, debiendo culminar el 02 de septiembre de 2025. En cuanto el tiempo mínimo, éste se cumplió el 02 de mayo de 2022. Indica que cumpliendo con los requisitos fue postulado a la libertad condicional, sin embargo, la recurrida rechazó su solicitud fundado en que no cumplía con lo dispuesto en el artículo 2° número 3 del Decreto Ley N°321, transcribiendo la resolución recurrida que, en extracto, indica que “…el postulante tiene mediano compromiso delictual, medio riesgo de reincidencia y antecedentes penales pretéritos. Cuenta con plan de intervención vigente, del que se desprende que aún requiere una permanencia y estabilidad a través del tiempo, dadas las significativas faltas cometidas en la perpetración de su delito, atendida su naturaleza. De acuerdo al Protocolo para la Valoración del Riesgo de Violencia Sexual actualizado, mantiene nivel de riesgo medio, existiendo problemas de autoconsciencia, presentando una deficiencia en cuanto a los factores y procesos que pudieran ponerlo en riesgo de cometer violencia sexual. Respecto a la disposición al cambio, se encuentra en etapa de preparación para la acción, si bien ha logrado verbalizar y reconocer necesidades de acción, direccionadas al cambio efectivo, aún

Fundamentos

considerandos anteriores, esta Corte de Apelaciones considera que la Comisión obró dentro de la esfera de sus atribuciones legales y en base a los antecedentes personales del amparado. Por su parte, la negativa a otorgarle la libertad condicional se ajusta a los parámetros legales y reglamentarios, de modo que no existe un acto ilegal, atribuible a la Comisión referida, que afecte de manera indebida el derecho a la libertad personal y la seguridad individual del amparado.

Fallo

Por estas consideraciones, visto además lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, SE RECHAZA el recurso de amparo interpuesto por don Max Troncoso Moreno, en favor de LUIS SERGIO LEÓN DÍAZ, en contra de Comisión de Libertad Condicional, por la resolución dictada el 11 de octubre del año 2023. Se previene que el ministro Gerardo Bernales Rojas concurre al rechazo teniendo además presente que esta no es la vía para recurrir de una decisión de la Comisión de Libertad Condicional. Comuníquese por la vía más expedita. Regístrese y archívese en su oportunidad. Rol 127-2024/Amparo.

Texto Completo (Preview)

Talca, veinte de febrero de dos mil veinticuatro. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, el 15 de febrero del presente año comparece don Max Troncoso Moreno, abogado de Defensoría Penal Pública Penitenciaria, C.I. 16.225.962-8, domiciliado para estos efectos en calle 1 poniente N°1060, oficina 15, Talca, interponiendo Recurso de Amparo en favor de LUIS SERGIO LEÓN DÍAZ, C.I. 9.819.267-0, actual

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