EN BLOQUE ARQUITECTURA Y CONSTRUCCION LIMITADA/RETAMAL
Rol
Fecha
19 de febrero de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto y teniendo presente: Primero: Que, comparecen Constanza Veroiza Toledo y Manuel Flores Soto, ambos abogados por la querellante y demandante civil, e interponen falso recurso de hecho en contra de resolución de 5 de enero de 2024, del Primer Juzgado de Policía Local de Pudahuel, la cual concedió recurso de apelación interpuesto por la parte demandada Constanza Retamal Albornoz, y en contra de resolución de 19 de enero de 2024, la cual concedió recurso de apelación interpuesto por la parte demandada José Cabión Álvarez. Expone que mediante sentencia definitiva de 30 de noviembre de 2023, dictada por el Primer Juzgado de Policía Local de Pudahuel, se ordenó que la misma fuese notificada por cédula, atendido ello es que el 20 de diciembre de 2023 el demandante se notificó personalmente de la sentencia y encargó al receptor ad-hoc, de forma verbal, la notificación por cédula a las partes demandadas, la cual se practicó el 22 de diciembre. Indica que doña Constanza Retamal Albornoz interpuso recurso de apelación el 5 de enero y don José Luis Cabión Álvarez el 18 de enero, ambos de 2024, aun cuando el plazo para hacerlo venció el 2 de enero del mismo año, es decir, ambos recursos son absolutamente extemporáneos. Relata que el 9 de enero de 2024 concurrió personalmente al Tribunal a fin de solicitar se certifique la ejecutoria de la sentencia definitiva, sin embargo en ese momento le informan que la demandada doña Constanza Retamal Albornoz presentó recurso de apelación el 5 de enero de 2024. Agrega que ese mismo día realizó dos presentaciones al Tribunal, la primera describiendo la situación y solicitando audiencia especial con la Magistrado, y la segunda señalando que la notificación por cedula de la sentencia definitiva a las partes demandadas con fecha 22 de diciembre es positiva de acuerdo a estampado de receptor ad-hoc y en virtud de aquello, se solicita se certifique la ejecutoría de la sentencia definitiva. Señala que el 10 de enero pasado recibió, vía cor
Fundamentos
considerando Segundo, los recursos de apelación interpuestos respectivamente el 5 de enero de 2024 y 18 de enero de 2024, han sido interpuestos dentro de plazo, por lo que el falso recurso de hecho debe desestimarse.
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 196 del Código de Procedimiento Civil, se rechaza el falso de hecho interpuesto por la demandante y querellante civil en contra de las resoluciones de cinco de enero y diecinueve de enero, ambas del año dos mil veinticuatro, dictadas por el Primer Juzgado de Policía Local de Pudahuel en causa Rol N°3327-8/2023, declarándose que las apelaciones interpuestas los días cinco y dieciocho, ambas del mes de enero de dos mil veinticuatro, respectivamente por los demandados Constanza Retamal Albornoz y José Luis Cabión Álvarez han sido interpuestas dentro de plazo legal. Reanúdese la tramitación en Rol Ingreso Corte N° Policía Local N°243-2024. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad archívese. N° Policía Local N°317-2024. Pronunciada por la Tercera Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Fernando Carreño Ortega, conformada por la Ministra señora María Loreto Gutiérrez Alvear y la Abogada Integrante señora María Fernanda Vásquez Palma.
Texto Completo (Preview)
Santiago, diecinueve de febrero de dos mil veinticuatro. Visto y teniendo presente: Primero: Que, comparecen Constanza Veroiza Toledo y Manuel Flores Soto, ambos abogados por la querellante y demandante civil, e interponen falso recurso de hecho en contra de resolución de 5 de enero de 2024, del Primer Juzgado de Policía Local de Pudahuel, la cual concedió recurso de apelación interpuesto por la
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