NN C/ LUKAS ANTONIO VALENZUELA PEREZ Y OTRO
Rol
Fecha
19 de febrero de 2024
Materia
AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 N°3.
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Atendida la naturaleza de los delitos por los cuales se encuentran formalizados los imputados, el número de los mismos y la conducta de concurrir en dos oportunidades distintas al domicilio de la víctima, se estima más proporcional y condigna con la gravedad de los hechos, imponerles la medida cautelar de prisión preventiva, por considerar su libertad un peligro para la seguridad de la sociedad. Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 140, 360 y siguientes del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada de dieciocho de febrero de dos mil veinticuatro, dictada en causa RIT 144-2024, del Juzgado de Letras y Garantía de Peumo, en cuanto decretó la medida cautelar de arresto domiciliario total en contra de los imputados, y en su lugar, se decide que se decreta en contra de Lukas Antonio y Claudio Fabián, ambos de apellidos Valenzuela Pérez, la medida cautelar de prisión preventiva, por resultar su libertad un peligro para la seguridad de la sociedad. Comuníquese y devuélvase. Rol I. Corte 184-2024- Penal-.
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 140, 360 y siguientes del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada de dieciocho de febrero de dos mil veinticuatro, dictada en causa RIT 144-2024, del Juzgado de Letras y Garantía de Peumo, en cuanto decretó la medida cautelar de arresto domiciliario total en contra de los imputados, y en su lugar, se decide que se decreta en contra de Lukas Antonio y Claudio Fabián, ambos de apellidos Valenzuela Pérez, la medida cautelar de prisión preventiva, por resultar su libertad un peligro para la seguridad de la sociedad. Comuníquese y devuélvase. Rol I. Corte 184-2024- Penal-.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Rancagua Rancagua, diecinueve de febrero de dos mil veinticuatro. Vistos: Atendida la naturaleza de los delitos por los cuales se encuentran formalizados los imputados, el número de los mismos y la conducta de concurrir en dos oportunidades distintas al domicilio de la víctima, se estima más proporcional y condigna con la gravedad de los hechos, imponerles la medida cautelar de prisión pr
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