C/ FERNANDA JAVIERA PAREDES PAILLAN Y CARLOS ALBERTO VERA SANDOVAL
Rol
Fecha
19 de febrero de 2024
Materia
ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y oídos los intervinientes: Que del mérito de los antecedentes aparece que concurren los presupuestos establecidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, en relación con el delito por el que se formalizó la investigación y la eventual participación de los imputados en el mismo. En cuanto a la necesidad de cautela, sus libertades constituyen un peligro para la seguridad de la sociedad en atención a la naturaleza del delito, los bienes jurídicos afectados, haber actuado en grupo o pandilla y pena probable a aplicar, de conformidad a lo dispuesto en la letra c) del artículo 140 ya mencionado. Y de acuerdo, además, con lo dispuesto en los artículos 352 y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de doce de febrero del año en curso, dictada por el Juzgado de Garantía de Puente Alto que decretó la prisión preventiva de los imputados Fernanda Javiera Paredes Paillán y Carlos Alberto Vera Sandoval. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. Nº 474-2024 Penal.
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Fecha: diecinueve de febrero de dos mil veinticuatro Quinta Sala Rol Corte: 474-2024 RUC: 2400170846-1 RIT: 1020-2024 JUZGADO DE GARANTÍA DE PUENTE ALTO Ministro de fe: Diego Muñoz Gaete Defensor: Eduardo Camus Cruz Ministerio Público: Rodrigo Peña Sepúlveda Imputados: Fernanda Javiera Paredes Paillán y Carlos Alberto Vera Sandoval. Tipo de Recurso: Apelación de medida cautelar. Escritos proveíd
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