CORPORACION AQUI MUJER/GOBIERNO REGIONAL VII REGION
Rol
Fecha
19 de febrero de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: Comparece la abogada ALEJANDRA CONCHA URRUTIA, en representación convencional de CORPORACIÓN AQUÍ MUJER, Rut N°65.213.351-7, con domicilio en calle Catedral 340 Oficina 3, Cauquenes, representada legalmente por doña OLGA ESPAÑA URRUTIA MORAGA, C.I. N°7.128.186 -8, domiciliada en calle Chacabuco N°898, Cauquenes interponiendo recurso de protección en contra del GOBIERNO REGIONAL DEL MAULE, Rut N° 72.227.000-2, representado legalmente por doña CRISTINA ANDREA BRAVO CASTRO, Gobernadora Regional, Rut N°14.487.223-1, o por quien la subrogue o represente, ambos domiciliados para estos efectos en calle 1 Norte N°711 de la comuna y ciudad de Talca por incurrir en un acto ilegal y arbitrario consistente en Resolución (E) N°7430 de fecha 22 de Septiembre del 2023, que AUTORIZA FINANCIAMIENTO A INICIATIVAS CULTURALES FNDR 8% AÑO 2023 A INSTITUCIONES PRIVADAS SIN FINES DE LUCRO DE COMUNAS DE LA REGIÓN DEL MAULE QUE SE INDICA, del Gobierno Regional del Maule, lo que ha vulnerado las garantías constitucionales de igualdad ante la ley, la no discriminación arbitraria en el trato que deben dar el Estado y sus organismos en materia económica, consagrados en el artículo 19 N° 2 y 22 de la Constitución Política de la República. Por resolución de 11 de octubre de 2023, se acogió a tramitación esta acción y se pidió informe a la recurrida, que lo evacuó el 20 de octubre de 2023 del mismo año. Mediante resolución de 18 de enero pasado, se dispuso a incorporar a tabla la causa, procediéndose a su vista el día 25 de enero del año en curso. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, como antecedentes de hecho, en síntesis, expone la recurrente que su representada es una institución sin fines de lucro constituida el 01 de Marzo del 2022, por escritura pública otorgada ante el Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Cauquenes don José Antonio Martínez Demandes, de conformidad a las normas contenidas en el Título Treinta y Tres del Libro Primero del Código Civil, por el Reglamento sobre Concesión de Personalidad Jurídica a Corporaciones y Fundaciones contenido en el Decreto Supremo de Justicia N° 110 de 1979 y sus modificaciones, cuya finalidad u objetivo es propender el desarrollo integral de las mujeres en sus aspectos sociales, políticos, económicos, familiares, de salud, legales y educativos, con el fin de mejorar su condición y posición social, participativa y con mayor liderazgo y reconocimiento femenino. Relata que, el 03 de Febrero del 2023 doña Leandra Urzúa Mancilla en su calidad de Gobernadora Regional del Maule (S), dictó Resolución Exenta N°725 la cual APRUEBA INSTRUCTIVO PARA CONCURSO SIMULTÁNEO ON-LINE DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS, CULTURALES, DE SEGURIDAD CIUDADANA Y DE PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE Y DE EDUCACIÓN AMBIENTAL AÑO 2023- GOBIERNO REGIONAL DEL MAULE, la cual permitía que postularan instituciones sin fines de lucro que no tuvieran antigüedad ni experiencia, lo que fue corroborado por quién desarrolló el proyecto para Corporación Aquí Mujer con funcionarios del Gobierno Regional del Maule. Luego de describir las reglas generales para todos los concursos, entre ellos: Quiénes pueden postular, los requisitos de admisibilidad u obligatorios al postular, los documentos a presentar por las instituciones postulantes, refiere que en ninguna parte de la Resolución Exenta N°727 de 03.02.2023, hace referencia que las instituciones privadas sin fines de lucro para ser beneficiadas de subvención del FNDR 8% AÑO 2023 en materia cultural deban contar con una existencia legal mínima al momento de firmar el convenio de 2 años. Que, encontrándose en condiciones CORPORACION AQUÍ MUJER postuló a una iniciativa de carácter cultural, destinada a difundir y enseñar la actividad desarrollada durante tantos años por las Loceras de Pilén de la Comuna de Cauquenes, cuyas representantes y talleristas de estas iniciativas han sido reconocidas como patrimonio humano vivo, a fin de que se difundiera dicha actividad y evitando que en el transcurso de los años deje de existir. Señala que la iniciativa cultural fue denominada “LOCERAS DE PILEN, ENSEÑANDO TRADICIONES” e identificada con el número ID 8542, y que en la primera evaluación de que fue objeto por parte del Gobierno Regional fue declarada ADMISIBLE con OBSERVACIONES, como consta en la Foja 6 de la Nómina iniciativas postuladas FNDR 8% Actividades Culturales Año 2023, lo que corregido oportunamente y puesto en conocimiento del Gobierno Regional, cumpliendo de esta forma con todos los requisitos para ser considerada como institución benefici
Fallo
Por estas consideraciones solicita que se acoja el recurso de protección disponiendo: 1. Que se dejen sin efecto las Resolución Exenta N°7430, de 22 de septiembre de 2023, mediante la cual se autoriza financiamiento a iniciativas culturales FNDR 8% AÑO 2023 a instituciones sin fines de lucro de comunas de la Región del Maule que indica. 2. Que se ordene dictar nueva Resolución que determine las instituciones beneficiadas, teniendo en consideración sólo los requisitos legales exigidos por Resolución Exenta N°725 de fecha 03 de Febrero del 2023 dictada por doña Leandra Urzúa Mansilla en su calidad de Gobernadora Regional del Maule Subrogante, la cual APRUEBA INSTRUCTIVO PARA CONCURSO SIMULTÁNEO ONLINE DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS, CULTURALES, DE SEGURIDAD CIUDADANA Y DE PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE Y DE EDUCACIÓN AMBIENTAL AÑO 2023- GOBIERNO REGIONAL DEL MAULE. 3. Que atendido los antecedentes antes expuestos, CORPORACIÓN AQUÍ MUJER, sea incluida dentro del listado de instituciones beneficiadas por financiamiento FNDR 8% AÑO 2023 en iniciativas culturales por parte del Gobierno Regional del Maule, por haber cumplido con los requisitos exigidos por la ley. 4. Todo lo anterior, con expresa condenación en costas. Acompañó en su libelo los siguientes instrumentos, que singulariza del siguiente modo: 1) Certificado de Directorio de Personalidad Jurídica de Corporación Aquí Mujer. 2) Resolución Exenta N°725 de fecha 3 de febrero del 2023 dictada por doña Leandra Urzúa Mansilla en s
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Talca, diecinueve de febrero de dos mil veinticuatro VISTOS: Comparece la abogada ALEJANDRA CONCHA URRUTIA, en representación convencional de CORPORACIÓN AQUÍ MUJER, Rut N°65.213.351-7, con domicilio en calle Catedral 340 Oficina 3, Cauquenes, representada legalmente por doña OLGA ESPAÑA URRUTIA MORAGA, C.I. N°7.128.186 -8, domiciliada en calle Chacabuco N°898, Cauquenes interponiendo recurso de p
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