JUZGADO DE FAMILIA OSORNO

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

19 de febrero de 2024

Materia

COMPENSACION ECONOMICA

Resultado

DIRIMIDA

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Hechos

Vistos y

Fundamentos

considerando: 1º) En este caso, la compensación económica se ha pactado en cuotas, por lo que, de conformidad al artículo 66, inciso segundo, de la Ley 19.947, se considera alimentos para efectos de su cumplimiento. 2º) En consecuencia, resulta aplicable en la especie lo dispuesto en el artículo 11, inciso primero, de la Ley 14.908, que dispone que “Será competente para conocer de la ejecución el tribunal que la dictó en única o en primera instancia o el del nuevo domicilio del alimentario”, norma que altera la regla general de competencia establecida en el artículo 113 del Código Orgánico...

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valdivia Valdivia, diecinueve de febrero de dos mil veinticuatro. Vistos y considerando: 1º) En este caso, la compensación económica se ha pactado en cuotas, por lo que, de conformidad al artículo 66, inciso segundo, de la Ley 19.947, se considera alimentos para efectos de su cumplimiento. 2º) En consecuencia, resulta aplicable en la especie lo dispuesto en el artículo 11, inciso primero,

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