FISCO DE CHILE/TERCER JUZGADO DE LETRAS DE TALCA
Rol
Fecha
16 de febrero de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA/COMUNICAR
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el 28 de noviembre de 2023, comparece don José Isidoro Villalobos García-Huidobro, abogado Procurador Fiscal de Talca del Consejo de Defensa del Estado, por el Fisco de Chile, domiciliados ambos en calle 1 Poniente 1055 de Talca, quien deduce recurso de hecho en contra de la resolución de 24 de noviembre de 2023, pronunciada por el juez titular del Tercer Juzgado de Letras en lo Civil de Talca, don Álvaro Saavedra Sepúlveda, en los autos rol C-4.159-2019, caratulados “Valdés Orellana, Raúl y Otros con Fisco de Chile”. Señala que, la resolución que origina el recurso recae en una reposición con apelación subsidiaria entablado por su parte, en contra de la resolución expedida por el mencionado tribunal el día 24 de noviembre del 2023, rolante a folio 55 del cuaderno principal del litigio en mención, en cuya virtud se rechazó la petición enderezada con la finalidad que se invalidara la certificación de ejecutoria de la sentencia definitiva y se remitieran los antecedentes para dar cumplimiento al trámite de la consulta que contempla el artículo 751 del Código de Procedimiento Civil. Sostiene que, el recurso de reposición fue rechazado y que la apelación subsidiaria no fue concedida, por entender el tribunal que no procede en contra de ese género de resoluciones, todo ello de acuerdo con la providencia o decreto que transcribe y que reza en el siguiente tenor:“Talca, veinticuatro de Noviembre de dos mil veintitrés. A lo principal, atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en el artículo 181 inciso segundo del Código de Procedimiento Civil, NO HA LUGAR al recurso ordinario de reposición deducido en contra de la resolución de veintiuno de noviembre del actual, folio 55. Atendida la naturaleza jurídica de la resolución recurrida y no concurriendo, además, alguno de los presupuestos facticos que establece la ley y que autoriza la procedencia del medio de impugnación de que se trata y lo dispuesto en los artículos 158, 187, 188 y 201 del Código de Procedimiento Civil,
Fallo
se declara INADMISIBLE POR IMPROCEDENTE el recurso de apelación deducido subsidiariamente en contra de la resolución antes individualizada; al otrosí, téngase presente” (sic). Expresa que no controvierte que la resolución impugnada es, precisamente, un auto o decreto y más concretamente, le atribuye este último carácter, dado que no resuelve un incidente sino que determina o arregla la substanciación del proceso, en los términos del inciso final del artículo 158 del Código de Procedimiento Civil, sin embargo, la resolución recurrida efectivamente altera la ritualidad del juicio. Hace presente que el litigio versa sobre un juicio de reclamación del monto provisoriamente consignado de un lote de terreno, que la demanda se dirigió en contra del Fisco de Chile y, tras su tramitación legal, fue parcialmente acogida, determinándose un valor de indemnización definitiva superior a la que había propuesto la Comisión de Peritos al inicio del procedimiento expropiatorio. Continua señalando que, la sentencia definitiva no fue apelada por ninguna de las partes y, dado que resultaba desfavorable al interés fiscal, al no desechar en todas sus partes la demanda en referencia, de conformidad con lo estatuido por el artículo 751 del Código de Procedimiento Civil, la defensa fiscal solicitó se diera cumplimiento al trámite instaurado por dicha norma, es decir, con la consulta, elevando los autos a tales efectos. Menciona que, el tribunal recurrido desestimó la petición formulada en tal sentido
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Talca, dieciséis de febrero de dos mil veinticuatro. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el 28 de noviembre de 2023, comparece don José Isidoro Villalobos García-Huidobro, abogado Procurador Fiscal de Talca del Consejo de Defensa del Estado, por el Fisco de Chile, domiciliados ambos en calle 1 Poniente 1055 de Talca, quien deduce recurso de hecho en contra de la resolución de 24 de noviembre de 2
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