SIN INFORMACION

RECURRENTE:PAZ VALENTINA CARRASCO ROJAS:RECURRIDO:EDUARDO ALFREDO JIMENEZ MASFERRER

Rol

Fecha

19 de febrero de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos: Que, del contenido del recurso consta que lo pretendido por la recurrente es la imposición de una medida de protección, de conformidad a la Ley 19.968, por lo que resulta forzoso concluir que esta acción constitucional no es la vía idónea para ello, por cuanto se trata de una materia de competencia exclusiva de los Juzgados de Familia, de conformidad a lo establecido en los artículos 68 y siguientes de la citada ley. Por lo anterior y lo dispuesto en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, se declara inadmisible el recurso de protección deducido por doña Paz Valentina Carrasco Rojas. Sin perjuicio de lo anterior, remítanse estos antecedentes al Juzgado de Familia de San Fernando para los fines pertinentes. Regístrese y archívese. Rol Corte 439-2024. Protección.-

Fallo

se declara inadmisible el recurso de protección deducido por doña Paz Valentina Carrasco Rojas. Sin perjuicio de lo anterior, remítanse estos antecedentes al Juzgado de Familia de San Fernando para los fines pertinentes. Regístrese y archívese. Rol Corte 439-2024. Protección.-

Texto Completo (Preview)

C.A. de Rancagua Rancagua, diecinueve de febrero de dos mil veinticuatro. Vistos: Que, del contenido del recurso consta que lo pretendido por la recurrente es la imposición de una medida de protección, de conformidad a la Ley 19.968, por lo que resulta forzoso concluir que esta acción constitucional no es la vía idónea para ello, por cuanto se trata de una materia de competencia exclusiva de los

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