GIURIA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE ESTACIÓN CENTRAL
Rol
Fecha
16 de febrero de 2024
Materia
ART. 2 CT. SOBRE ACTOS DE DISCRIMINACIÓN
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: Por sentencia de veinticuatro de agosto mil veintitrés, dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT T-1761-2022, se rechazó la demanda en todas sus partes. En contra del fallo recurrió de nulidad la parte denunciante, fundado en la causal del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, es decir, por infracción a las reglas de la sana crítica al apreciar la prueba. Solicita que se anule la sentencia y se dicte sentencia de reemplazo que acceda a la denuncia. Declarado admisible el recurso, se procedió a su conocimiento en la audiencia del día diecisiete de enero último, oportunidad en que alegaron los abogados de ambas partes.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, la parte demandante fundamenta su recurso en la causal del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, es decir, por infracción a las reglas de la sana crítica al apreciar la prueba. Luego de un resumen de los antecedentes del proceso, reseña las declaraciones testimoniales rendidas por los señores Ferrada Valenzuela, Abdo Ara y señora Duque Villalobos, todos testigos de la denunciante, y de la señora Ruiz Cornejo, testigo de la denunciada, y luego indica que de la prueba documental y el audio acompañado a la audiencia, se logra apreciar la animadversión del alcalde Felipe Muñoz en contra de determinados funcionarios de la Municipalidad de Estación Central, y que el mismo Alcalde solicitó al equipo jurídico un informe en derecho que se adecuara a este último, incidiendo así en su resultado. Expone que el
Fallo
fallo recurrió de nulidad la parte denunciante, fundado en la causal del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, es decir, por infracción a las reglas de la sana crítica al apreciar la prueba. Solicita que se anule la sentencia y se dicte sentencia de reemplazo que acceda a la denuncia. Declarado admisible el recurso, se procedió a su conocimiento en la audiencia del día diecisiete de enero último, oportunidad en que alegaron los abogados de ambas partes. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, la parte demandante fundamenta su recurso en la causal del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, es decir, por infracción a las reglas de la sana crítica al apreciar la prueba. Luego de un resumen de los antecedentes del proceso, reseña las declaraciones testimoniales rendidas por los señores Ferrada Valenzuela, Abdo Ara y señora Duque Villalobos, todos testigos de la denunciante, y de la señora Ruiz Cornejo, testigo de la denunciada, y luego indica que de la prueba documental y el audio acompañado a la audiencia, se logra apreciar la animadversión del alcalde Felipe Muñoz en contra de determinados funcionarios de la Municipalidad de Estación Central, y que el mismo Alcalde solicitó al equipo jurídico un informe en derecho que se adecuara a este último, incidiendo así en su resultado. Expone que el fallo vulnera las reglas de la sana crítica pues no considera que tras la llegada del alcalde Muñoz la actora es destinada a la Dirección de Aseo y Ornato como subordinada, sin tareas,
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Santiago, dieciséis de febrero de dos mil veinticuatro. VISTOS: Por sentencia de veinticuatro de agosto mil veintitrés, dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT T-1761-2022, se rechazó la demanda en todas sus partes. En contra del fallo recurrió de nulidad la parte denunciante, fundado en la causal del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, es deci
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