ZEPEDA/EMPRESA NACIONAL DE MINERIA (ENAMI)
Rol
C-14-2022
Fecha
21 de noviembre de 2022
Materia
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: Estimando esta sentenciadora que los argumentos esgrimidos por la parte ejecutante, resultan suficientes para modificar lo resuelto con fecha diecisiete de noviembre de dos mil veintidós, se resuelve, que se acoge la reposición interpuesta por la parte ejecutante a folio 40, en consecuencia, se autoriza que los dineros que por estos conceptos deba pagar la parte ejecutada a la parte ejecutante, puedan ser depositados en la cuenta corriente del abogado Guillermo Santander Cox, N°1-407-007040-5 del Banco Falabella, RUT 15.033.683-K, correo electrónico santandercox@gmail.com, señalados en presentación que rola a folio 36, debiendo en todo caso, la parte ejecutada, dar cuenta a este tribunal de los pagos efectuados. RIT: C-14-2022 RUC: 21-4-0376014-2 Proveyó el(la) Juez(a) del 1º Juzgado de Letras de Vallenar, quien suscribe con firma electrónica avanzada. En Vallenar a veintiuno de noviembre de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución precedente. (vco) Código: QNXXXCZGXEJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-11-21T11:02:04-0300
Fallo
se resuelve, que se acoge la reposición interpuesta por la parte ejecutante a folio 40, en consecuencia, se autoriza que los dineros que por estos conceptos deba pagar la parte ejecutada a la parte ejecutante, puedan ser depositados en la cuenta corriente del abogado Guillermo Santander Cox, N°1-407-007040-5 del Banco Falabella, RUT 15.033.683-K, correo electrónico santandercox@gmail.com, señalados en presentación que rola a folio 36, debiendo en todo caso, la parte ejecutada, dar cuenta a este tribunal de los pagos efectuados. RIT: C-14-2022 RUC: 21-4-0376014-2 Proveyó el(la) Juez(a) del 1º Juzgado de Letras de Vallenar, quien suscribe con firma electrónica avanzada. En Vallenar a veintiuno de noviembre de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución precedente. (vco) Código: QNXXXCZGXEJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-11-21T11:02:04-0300
Texto Completo (Preview)
Vallenar, veintiuno de noviembre de dos mil veintidós. Por cumplido lo ordenado a folio 41. Proveyendo escrito de folio 40: Vistos: Estimando esta sentenciadora que los argumentos esgrimidos por la parte ejecutante, resultan suficientes para modificar lo resuelto con fecha diecisiete de noviembre de dos mil veintidós, se resuelve, que se acoge la reposición interpuesta por la parte ejecutante a
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