29º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

CBP FINANCIA CAPITAL FACTORING S.A./ DEKRA REVISION TECNICA SPA

Rol

Fecha

19 de febrero de 2024

Materia

FACTURA, NOTIFICACIÓN DE

Resultado

INADMISIBLE

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: Que las resoluciones que disponen la práctica de alguna diligencia probatoria son inapelables de conformidad con lo establecido en el inciso 2° del artículo 326 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual el presente recurso no puede ser admitido a tramitación. Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 213 del citado Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante, con fecha ocho de septiembre de dos mil veintitrés, en contra de la resolución de veintiuno de agosto de dos mil veintitrés. Comuníquese. N°Civil-1589-2024.

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 213 del citado Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante, con fecha ocho de septiembre de dos mil veintitrés, en contra de la resolución de veintiuno de agosto de dos mil veintitrés. Comuníquese. N°Civil-1589-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago (imm) Santiago, diecinueve de febrero de dos mil veinticuatro. Al folio Nº3: Estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: Que las resoluciones que disponen la práctica de alguna diligencia probatoria son inapelables de conformidad con lo establecido en el inciso 2° del artículo 326 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual el presente recurso no puede ser

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica