C/ JOEL ANDRES HIDALGO ALVARADO
Rol
Fecha
15 de febrero de 2024
Materia
CONDUCCION BAJO LA INFLUENCIA DEL ALCOHOL (196 C INC. 1 LEY 18.290
Resultado
DEVUÉLVASE
Hechos
Visto: Advirtiendo que la contienda de competencia no se encuentra trabada como en derecho corresponde, toda vez que el Juzgado de Garantía de Valparaíso si bien rechazó la competencia declinada por el Juzgado de Garantía de Curacaví, no devolvió los antecedentes a este último tribunal a fin de que ante los argumentos esgrimidos por el primero, resolviera si insistía en su incompetencia y trababa la respectiva contienda para ser conocida y resuelta por su superior jerárquico, de conformidad a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 191 del Código Orgánico de Tribunales, o en su defecto modificaba su decisión y la aceptaba. En tal contexto, no existiendo a la fecha contienda alguna que esta Corte deba dirimir en atención a los
Fundamentos
fundamentos ya expuestos, devuélvase a su tribunal de origen, con el objeto de que sean remitidos los antecedentes al Juzgado de Garantía de Curacaví, para los fines señalados precedentemente. Devuélvase. N°Penal-296-2024.
Texto Completo (Preview)
Dgg C.A. de Valparaíso Valparaíso, quince de febrero de dos mil veinticuatro. Proveyendo folio N°4 “Devolución documentos”: A sus antecedentes. Estese a lo que se resolverá. Visto: Advirtiendo que la contienda de competencia no se encuentra trabada como en derecho corresponde, toda vez que el Juzgado de Garantía de Valparaíso si bien rechazó la competencia declinada por el Juzgado de Garantía de
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